- Se trata de la directriz Nº 132-MIDEPLAN-MTSS, la cual entrará a regir una vez publicada en el Diario Oficial La Gaceta.
- El lunes 18 de abril, los trabajadores del Poder Ejecutivo regresarán a sus labores, debido a que el 14 y 15 de abril son días feriados.
- Directriz instruye a las instituciones que prestan servicios necesarios para la atención de la emergencia nacional por COVID- 19, para que mantengan su funcionamiento y establezcan un plan de servicio para el período de cierre colectivo.
El Gobierno de la República mediante la directriz Nº 132-MIDEPLAN-MTSS concedió como vacaciones para las personas servidoras públicas los días martes 12 y miércoles 13 de abril de 2022.
De esta forma las instituciones del Gobierno Central y órganos adscritos a los Ministerios, así como instituciones autónomas, semiautónomas y empresas públicas del Estado laborarán hasta el día viernes 8 de abril inclusive, y abrirán nuevamente el lunes 18 de abril, esto debido a que el 11, 14 y 15 de abril son días feriados.
La medida firmada por el Presidente de la República, Carlos Alvarado Quesada, y las ministras de Planificación Nacional y Política Económica, Pilar Garrido, y de Trabajo y Seguridad Social, Silvia Lara, instruye a las instituciones que prestan servicios necesarios para la atención de la emergencia nacional por COVID- 19, para que mantengan su funcionamiento y establezcan un plan de servicio para el período de cierre colectivo.
Asimismo, aquellos servidores públicos que sean requeridos por los Comités Municipales de Emergencia, deberán brindar la colaboración necesaria según lo que sea dispuesto por la Comisión Nacional de Emergencias y Prevención del Riesgo para la atención del estado de emergencia nacional ocasionado por el COVID-19.
Por otra parte, los jerarcas del Ministerio de Educación Pública, Procuraduría General de la República, el Registro Nacional, cuerpos policiales e instituciones de atención de emergencias, definirán las vacaciones en sus respectivas instituciones.
Asimismo, los jerarcas institucionales tendrán la facultad para tomar las medidas correspondientes que garanticen la apertura de aquellas oficinas que, por la naturaleza de sus funciones, requieran mantener la continuidad de sus servicios e informar dichas medidas a los usuarios.
Dentro de estas medidas debe asegurarse la disponibilidad inmediata del personal necesario para la atención oportuna de cualquier otra situación de emergencia.
La directriz Nº 132-MIDEPLAN-MTSS entrará a regir una vez publicada en el Diario Oficial La Gaceta.