- Decreto 43443-MINAE, suscrito este viernes, reforma reglamento y establece el proceso para quienes desarrollan actividades mineras en el país.
- Normativa regula cómo debe ser el eventual cierre de proyectos mineros para evitar impactos ambientales negativos.
- Actualización de reglamento -llevada a consulta pública- responde a solicitud de la Contraloría General de la República y forma parte del proyecto de Ventanilla Única de Inversión.
San José. El presidente de la República, Carlos Alvarado Quesada, y la ministra de Ambiente, Andrea Meza Murillo, firmaron este viernes el Decreto Ejecutivo 43443-MINAE que reforma el “Reglamento al Código de Minería”, con el objetivo de ordenar el trámite de concesiones para la comunidad minera y el modo en que debe llevarse a cabo el eventual cierre de proyectos mineros para evitar impactos ambientales negativos.
Con la firma de este decreto, se cumple con una orden de la Contraloría General de la República (CGR) para actualizar el Reglamento al Código de Minería.
Asimismo, se enmarca en el proyecto de Ventanilla Única de Inversión, que busca agilizar los trámites para atraer más inversión al país. Para ello, se hizo primero un diagnóstico, un mapeo y reingeniería de procesos relacionados a la actividad minera, determinando que, en el proceso de inscripción de solicitudes nuevas, el 75% de los casos tardaba hasta 5 años.
La ministra de Ambiente y Energía, Andrea Meza Murillo, resaltó que cada día estamos más obligados a hacer más con menos recursos y por eso la simplificación de trámites, la mejora regulatoria y la digitalización son estrategias muy costo efectivas para poner a las personas usuarias en el centro de la ecuación, sin descuidar la protección ambiental.
El Ministerio del Ambiente y Energía es el órgano rector del Poder Ejecutivo en materia minera. Para realizar sus funciones, cuenta con la Dirección de Geología y Minas (DGM), dependencia especializada en todo lo relativo a la actividad minera y del procedimiento para el otorgamiento de concesiones mineras, tal como lo establece el Código de Minería Ley 6797 de 1982 y sus modificaciones, así como con su reglamento N° 29300.
Al respecto, Ileana Boschini, directora de Geología y Minas, recordó que “la misión de la DGM es contribuir al desarrollo del país mediante un control eficiente de la explotación de los recursos minerales, a través de la investigación geológica y la aplicación de la normativa vigente, que permite el aprovechamiento racional de los recursos mineros y un balance entre la necesidad de la sociedad y el ambiente”.
Proceso de modificación al Decreto Ejecutivo N°29300-MINAE Reglamento al Código de Minería
La Contraloría General de la República (CGR), con fundamento en sus competencias, realizó una auditoría en 2016 acerca de la eficiencia y eficacia de la DGM en el otorgamiento de concesiones mineras y el seguimiento de las concesiones otorgadas. Como consecuencia, entre otras disposiciones, ordenó elaborar una propuesta de reforma al Decreto Ejecutivo Nº 29300 Reglamento al Código de Minería.
Desde ese momento, la DGM se abocó a identificar, proponer e implementar todas aquellas acciones necesarias para optimizar la gestión administrativa de la dirección, con el fin de mejorar los procedimientos reglamentarios y trámites internos, de manera tal que se cumplan las obligaciones de simplificación de trámites y se logre brindar un servicio óptimo y expedito al usuario.
Todo ello se realizó dentro de los parámetros establecidos por el Código de Minería Ley 6797 y con fundamento en principios constitucionales como: principio de eficiencia, eficacia, celeridad, coordinación institucional e interinstitucional, transparencia, entre otros; así como el principio de legalidad.
El proyecto de reglamento fue a Consulta Pública de acuerdo con lo establecido por el Ministerio de Economía, Industria y Comercio (MEIC).
La reforma ordenada por la CGR es el reglamento que hoy está presentando el Poder Ejecutivo como el Decreto Ejecutivo No. 43443.