- El presidente de la República y el ministro de Agricultura y Ganadería firmaron decreto que reglamenta la asignación de capacidad de pesca reconocida al país en la Comisión Interamericana del Atún Tropical (CIAT).
- Instrumento es un mecanismo para garantizar la materia prima de las plantas de proceso que operen en Costa Rica, bajo los criterios de aprovechamiento, protección y conservación del recurso atunero.
- Decreto define y establece los parámetros y condiciones con los objetivos de desarrollo sustentable, así como los intereses nacionales de atención a estas pesquerías, mediante la adecuada utilización y equilibrado aprovechamiento del recurso atunero.
San José. El presidente de la República, Carlos Alvarado Quesada, y el ministro de Agricultura y Ganadería (MAG), Renato Alvarado Rivera, suscribieron el decreto Nº 43373-MAG, que establece el reglamento para la asignación de la capacidad de pesca reconocida al Estado de Costa Rica en la Comisión Interamericana del Atún Tropical (CIAT), para su utilización por buques atuneros de cerco.
La CIAT -de la cual Costa Rica es parte- tiene como objetivo asegurar la conservación y el uso sostenible a largo plazo de las poblaciones de atunes y especies afines capturados por embarcaciones en el Océano Pacífico, mediante medidas de ordenamiento y conservación que deben acatar todos los países signatarios de esta convención.
Actualmente, Costa Rica tiene reconocido un límite de capacidad de pesca de atún de cerco de 9.364 metros cúbicos, lo cual se traduce en el derecho de participar en la pesquería de atunes y añadir buques al Registro Regional de Buques Cerqueros autorizados a pescar en el Océano Pacífico Oriental.
Al no contar el país con una flota nacional que pesque el atún con red de cerco, las embarcaciones que históricamente se les ha asignado la capacidad reconocida a Costa Rica son de bandera extranjera.
Las cuotas de acarreo reconocidas al país por la CIAT son un derecho de alta demanda a nivel internacional. Si bien por el momento Costa Rica no las puede capturar con medios propios, sí puede disponer de ellas para demostrar su historial de pesca y en el proceso generar ingresos al país a partir de su uso.
Este decreto define y establece los parámetros y condiciones con los objetivos de desarrollo sustentable, así como los intereses nacionales de atención a estas pesquerías, mediante su adecuada utilización y equilibrado aprovechamiento.
Asimismo la propuesta de normativa dispone expresamente que se debe ofrecer la totalidad de las capturas a la industria nacional, siendo este un mecanismo para garantizar la suficiencia de materia prima de las plantas de proceso que operen en Costa Rica, bajo los parámetros de aprovechamiento y conservación del recurso atunero.
El ministro Alvarado Rivera explicó que “desde el inicio de esta Administración se han realizado una serie de modificaciones y derogatorias para dar espacio a la emisión de una nueva regulación y, paralelamente, ir recogiendo la capacidad de acarreo que había sido asignada mediante la normativa vigente desde 2012”, dijo.
“El tiempo transcurrido ha permitido al Estado la recuperación total de la cuota que se tenía asignada. Con la nueva normativa, se pondrá otra vez a disposición, bajo las nuevas condiciones”, acotó el jerarca.
Protección y debida administración de los recursos pesqueros. Daniel Carrasco, presidente ejecutivo del INCOPESCA, reafirmó que “las medidas tomadas por el Poder Ejecutivo buscan la protección y debida administración de los recursos pesqueros y derechos que le han sido asignados al Estado, para que su aprovechamiento sea justo”.
“De manera coordinada, tanto el MAG como el INCOPESCA han trabajado en la construcción y actualización de la normativa para que el Estado pueda asignar la capacidad bajo nuevas condiciones que permitan obtener el valor justo y a su vez se continúe garantizando la competitividad de la industria atunera nacional, potenciando el correcto aprovechamiento del recurso atunero, en armonía con las regulaciones determinadas por la CIAT y las políticas de manejo de pesca sustentable del país, con el objetivo claro de garantizar el abastecimiento de materia prima de las plantas de proceso que operen en Costa Rica, en el contexto de aprovechamiento y conservación del recurso atunero”, subrayó Carrasco.
Nuestro país ha venido asignando la capacidad de pesca reconocida por la CIAT a buques de pabellón extranjero sin que las capturas habilitadas por esta capacidad hayan sido reconocidas al país y por lo tanto no se visibilizan como derechos pesqueros de Costa Rica en los históricos de captura, por lo que era necesario crear un Registro Nacional y reportarlo a esta Comisión Interamericana.
El Reglamento respeta el principio de legalidad y el debido proceso para realizar la asignación de la capacidad de pesca asignada a Costa Rica por parte de la CIAT. Es un proceso abierto en el cual podrán participar todos los interesados en igualdad de condiciones, siempre que cumplan con los requerimientos legales y de cumplimiento, de conformidad también con las resoluciones que para este particular ha emitido la Comisión Interamericana del Atún Tropical.
Con estas acciones se mantiene una visión de utilización sustentable del recurso atunero, en aras de dinamizar la economía y promover mayores empleos en las zonas costeras del país de interés para esta actividad.