Las personas completamente vacunadas contra la COVID-19 que sean contacto de una persona positiva por SARS-CoV-2, se considerarán de bajo riesgo y no tendrán que realizar aislamiento, sin importar los meses transcurridos desde que completaron su vacunación. Así lo establece la versión 21 de los Lineamientos Nacionales para la Vigilancia de la enfermedad COVID-19.
Versiones anteriores de los lineamientos establecían únicamente la posibilidad de evitar el aislamiento para plazos específicos posteriores a la inmunización (180 días), sin embargo, dada la nueva evidencia científica, dicha posibilidad ya no se circunscribe a un plazo específico de meses transcurridos posteriores a la vacunación, siempre y cuando:
- Posea el esquema de vacunación completo para COVID-19 (Pfizer y AstraZeneca: dos dosis)
- Hayan transcurrido 14 días posteriores a haber completado el esquema de vacunación.
- Se tenga ausencia de síntomas.
En el caso de los trabajadores de salud, policía penitenciaria, funcionarios de hogares de larga estancia y cuidadores de grupos vulnerables, aun cuando se definan como contactos de bajo riesgo se les hará prueba PCR por SARS-CoV-2 entre el cuatro y séptimo día posterior al contacto inicial, esto con el fin de estudiar la presencia o ausencia del virus. Si la prueba resulta positiva la persona se aislará.