- Desde agosto de 2020 el IMAS apoya a familias de escasos recursos que enfrentan el deceso de un familiar por COVID-19.
- El beneficio incluye gastos funerarios, pago de transporte para traslado del cuerpo y pago de acta de defunción, cuando así se requiera.
- En caso de fallecimiento relacionado con la enfermedad en el hogar, se puede llamar al 1322 para reportar el hecho y recibir guía sobre los pasos que deben ejecutar.
San José. El Instituto Mixto de Ayuda Social (IMAS) quiere informar a la población la existencia del beneficio de emergencias por gastos funerarios, pago de transporte para traslado del cuerpo del centro médico a su zona residencia dentro del país y pago de acta de defunción sí esta se requiere, a familias en situación de pobreza o pobreza extrema, que enfrentan un deceso de un pariente en el sistema hospitalario o extra hospitalario por COVID-19.
Existen dos tipos de procesos, uno por “fallecimiento hospitalario que se presenta cuando la persona fallece en el centro médico, por lo que la familia afectada debe reportar la necesidad de apoyo ante el personal de Trabajo Social del hospital, quienes se comunican con el IMAS.
El segundo proceso es el “fallecimiento extrahospitalario” que se presenta cuando cuando se registra un deceso relacionado por COVID-19 en el hogar, en ese caso, la familia llama al 1322 para reportar y solicitar el apoyo. Los representantes de la central telefónica contactan al IMAS para informar sobre el requerimiento y ponerlos en contacto con la familia necesitada.
El acta defunción puede ser gestionada mediante el apoyo del IMAS o en colaboración con el Colegio de Médicos y Cirujanos quienes también donan dicho documento para las personas en vulnerabilidad.
Una vez que la familia en pobreza o pobreza extrema cuente con el certificado de defunción relacionado con COVID-19, el IMAS le solicitará algunos requisitos para obtener el beneficio por gastos funerarios que incluye: cremación, caja fúnebre y traslado del cuerpo.
Los documentos se presentan con carácter de urgencia y de forma no presencial al medio electrónico que se disponga de las Áreas Regionales de Desarrollo Social (ARDS) y Unidades Locales de Desarrollo Social (ULDS) del IMAS.
Requisitos IMAS para obtener el beneficio.
Las familias que quieran solicitarlo deben presentar de forma digital:
Desde agosto del 2020 IMAS ha brindado este tipo de apoyo a 126 familias por un monto de ₡50.355.375, con un promedio de ₡400.000 por caso.
La vigencia de este protocolo será establecida por la Presidencia Ejecutiva o la Gerencia General, según queda sujeto al periodo del estado de emergencia nacional por la enfermedad COVID-19 según el decreto que lo rige.