- Esta es una de las dos nuevas excepciones que contempla en el Decreto N.° 42297-MOPT-S. Los alumnos deben mostrar la carta de matrícula respectiva.
- Además, los vehículos de las personas que asistan a actividades culturales (cines, teatros, conciertos y presentaciones) tendrán excepción en la restricción vehicular diurna al presentar tiquete o reserva a la actividad.
Los estudiantes de los centros educativos nocturnos podrán trasladarse sin problema a la salida de las instituciones, para lo cual se adicionó una excepción a la restricción vehicular nocturna mediante el Decreto N.° 42297-MOPT-S, publicado en el Alcance N.° 91 a La Gaceta N° 87 de este viernes 7 de mayo.
Para esto, los alumnos deberán tener una carta de matrícula del centro académico.
Además, este decreto incluye una segunda excepción, esta vez a la restricción vehicular sanitaria diurna (por placas y de 5 a. m. a 9 p. m.): los vehículos de las personas que requieran trasladarse a cines, autoeventos, teatros, conciertos o presentaciones públicas, habilitados por el Ministerio de Salud y en lugares con permiso sanitario de funcionamiento para este tipo de actividades.
Con el fin de que aplique la excepción, las personas deberán comprobar su participación en la actividad cultural por medio de un comprobante de compra o reservación. Eso sí, los vehículos sí tendrán que cumplir con la restricción nocturna.
Se recuerda que del 10 al 31 de mayo hay restricción vehicular sanitaria por placas entre semana en la Región Central y hay restricción vehicular sanitaria por placas los fines de semana en todo el país.
Salvo la lista de excepciones, de 5 a. m a 9 p. m. no circulan:
Día | Placas | ¿Dónde? |
Lunes | 1 y 2 | Región Central |
Martes | 3 y 4 | Región Central |
Miércoles | 5 y 6 | Región Central |
Jueves | 7 y 8 | Región Central |
Viernes | 9 y 0 | Región Central |
Sábado | 1, 3, 5, 7 y 9 (impares) | Todo el país |
Domingo | 0, 2, 4, 6 y 8 (pares) | Todos el país |
Durante mayo, el horario de circulación vehicular de lunes a domingo es hasta las 9 p. m