Este martes inicia nuevo horario de restricción vehicular sanitaria

  • Autoridades recuerdan a ciudadanía que nuevo horario de restricción vehicular sanitaria rige a partir de este martes 27 y será de 9:00 pm y hasta las 5:00 a.m.
  • Restricción por placas sigue vigente entre semana en el «anillo de Circunvalación» y los fines de semana en todo el país.
  • Establecimientos con permiso sanitario de funcionamiento de atención al público, sujetos a horario, pueden abrir de 5:00 a.m. a 9:00 p.m.

El Gobierno de la República recuerda que hoy entró a regir la restricción vehicular sanitaria en todo el país a partir de las 9:00 p.m., esto ante la crítica situación de emergencia nacional que enfrenta el país a causa de la pandemia del COVID-19, la cual fue publicada en el ejecutivo número 42986-MOPT-S en el alcance número 81 a La Gaceta número 79.

Es por eso que a partir de este martes 27 de abril y hasta el domingo 16 de mayo el horario de circulación vehicular de lunes a domingo será de 5:00 a.m. a las 9:00 p.m.

De igual forma, y en coherencia con la restricción vehicular sanitaria también el permiso de funcionamiento de los establecimientos con permiso sanitario de atención al público será hasta las 9:00 p.m.

Por su parte, los cuerpos policiales continuarán intensificando los operativos con el objetivo de velar porque se cumplan los horarios de restricción vehicular, así como se apliquen los protocolos sanitarios y medidas de aforo en los diferentes establecimientos.

La restricción vehicular sanitaria por placas entre semana seguirá rigiendo solo en el área conocida como anillo de circunvalación. Salvo la lista de excepciones, no circulan:

 Placas
Lunes1 y 2
Martes3 y 4
Miércoles5 y 6
Jueves7 y 8
Viernes9 y 0

Igualmente la restricción vehicular sanitaria por placas en fines de semana se mantendrá sin cambios. Los sábados pueden circular las placas terminadas en números pares (0-2-4-6-8) y los domingos las placas terminadas en números impares (1-3-5-7-9) en todo el territorio nacional.

Se le recuerda a la población si necesita circular en su vehículo en horarios o día con restricción sanitaria pueden presentar la carta a de excepción, la cual debe renovarse cada dos meses de ser necesaria. La aplicación de la restricción vehicular sanitaria cuenta con 18 tipos de excepciones que permiten a la ciudadanía desplazarse con motivos laborales, acceder a servicios esenciales, atender citas médicas, promover actividades turísticas, servicios a domicilio, visitas a veterinarias, entre otras.

Para conocer las especificaciones que debe contener la carta de excepción puede visitar el sitio y descargar el “machote” en http://presidencia.go.cr/alertas/restricción-vehicular