- Medidas regirán para todo el país por igual.
- El jueves 31 de diciembre. No podrán circular vehículos después de las 7:00 p.m., salvo excepciones.
- El viernes 1°; sábado 2 y el domingo 3 de enero: La restricción vehicular sanitaria será de 8:00 p.m. a 5:00 a.m.
- Durante las dos primeras semanas de enero (del lunes 4 al domingo 17 de enero) se dará una reducción en el aforo de bares y casinos al 25%, los parques nacionales podrán funcionar con un aforo de 50%, y las playas se habilitan únicamente de 5:00 am a 2:30 pm.
- A partir del 9 de enero y durante los restantes fines de semana del mes podrán circular los sábados placas pares y domingo placas impares.
- Conozca las alertas en su cantón para aplanar la curva de contagio de la COVID-19 en presidencia.go.cr/alertas.
En el marco del fin y principio de año y ante la situación de emergencia nacional que enfrenta el país a causa de la pandemia provocada por el SARS-CoV-2, el Gobierno de la República detalló el cronograma de medidas sanitarias que regirán para todo el país por igual.
El jueves 31 de diciembre. No podrán circular vehículos después de las 7:00 p.m., salvo excepciones. (Ver imagen adjunta). Durante el día, únicamente podrán circular las placas autorizadas (todas menos 7 y 8). Asimismo, se procederá al cierre de establecimientos con permiso sanitario de atención al público a partir de las 7:00 p.m. y hasta las 5:00 a.m. Se mantendrán la lista de excepciones (supermercados, centros médicos, servicio a domicilio, hoteles, entre otros). Se adjunta la lista de excepciones.
Leandra Abarca Gomez Programa Ampliado de Inmunizaciones (PAI) Michael Soto Ministro de Seguridad Alexander Solís CNE Comisión Nacional de Emergencias Dr. Daniel Salas Ministro de Salud, Dr. Román Macaya, presidente ejecutivo CCSS
El viernes 1°; sábado 2 y el domingo 3 de enero: No podrán circular vehículos después de las 8:00 p.m., salvo excepciones. (Ver imagen adjunta). Durante el día, únicamente podrán circular las placas autorizadas (todas menos 9 y 0 el día viernes). Asimismo, se procederá al cierre de establecimientos con permiso sanitario de atención al público a partir de las 8:00 p.m. y hasta las 5:00 a.m. Se mantendrán la lista de excepciones (supermercados, centros médicos, servicio a domicilio, hoteles, entre otros). Se adjunta la lista de excepciones.
Medidas enero: Del 04 al 17 de enero
Durante las dos primeras semanas de enero (del lunes 4 al domingo 17 de enero) se dará una reducción en el aforo de bares y casinos al 25%, los parques nacionales podrán funcionar con un aforo de 50%, y las playas se habilitan únicamente de 5:00 am a 2:30 pm.
Desde el 04 de enero y durante todo el mes, se mantiene el horario de restricción vehicular; tal y como ha estado funcionando durante el mes de diciembre: de lunes a viernes hasta las 10:00 p.m. y sábados y -domingos hasta las 9:00 p.m.
A partir del 9 de enero y durante los restantes fines de semana del mes podrán circular los sábados únicamente placas pares y domingo las placas impares.
La información fue dada a conocer en conferencia de prensa por el presidente de la República, Carlos Alvarado, junto con los ministros de Salud, Daniel Salas; Seguridad Pública, Michael Soto, y el presidente de la Comisión Nacional de Emergencia (CNE), Alexander Solís y el presidente de la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS), Román Macaya.
Las características epidemiológicas de la enfermedad requieren que el sistema de salud, la institucionalidad y toda la población tomen medidas radicales para prevenir la rápida transmisión de casos y evitar la sobrecarga de los servicios de salud en las próximas semanas y que esto incida en un aumento en la mortalidad de la enfermedad en Costa Rica.
El ministerio de Comunicación pone a disposición de la ciudadanía el sitio presidencia.go.cr/alertas para conocer las alertas en su cantón y de esta forma aplanar la curva de contagio de la COVID-19.