Decretan nuevo reglamento para autorización de tanques autoconsumo de combustibles

  • El presidente de la República y los ministros de Ambiente y Energía y de Salud, firmaron el decreto N°42497-MINAE-S que busca simplificar trámites y reducir plazos en el aval de estos depósitos destinados a industrias y establecimientos del país.
  • Además, busca mejorar el control y la seguridad por parte de las autoridades en el funcionamiento de los tanques de autoconsumo de combustibles y de los concesionarios encargados de suministrar.
  • Solicitantes deberán llenar un formulario digital, aportar documentación como patentes municipales, permisos sanitarios e información técnica y de seguridad.
  • Reglamento es el primero de un proceso de modernización de la cadena de suministros de combustibles que realiza la Dirección General de Transporte y Comercialización de Combustible.

San José. El presidente de la República, Carlos Alvarado, y los ministros de Ambiente y Energía, Carlos Manuel Rodríguez y de Salud, Daniel Salas, suscribieron el decreto N°42497-MINAE-S que promulga una nueva reglamentación que tiene como objetivo simplificar los trámites y reducir los plazos para la autorización del funcionamiento de los tanques de autoconsumo de combustibles, que diversas industrias y establecimientos necesitan en el país. 

El viceministro de Energía, Rolando Castro, explicó que la medida –publicada este viernes en el diario oficial La Gaceta— busca además, ayudar a entidades como hospitales, restaurantes, fábricas, empresas de transporte y construcción, que son usuarios frecuentes de este tipo de tanques que ahora contarán con un procedimiento digital y expedito para su formalización.

“Además, pretende tener un mejor control y estrictos protocolos de seguridad, por parte de las autoridades en el funcionamiento de estos dispositivos y de los concesionarios encargados de suministrar el combustible a los mismos, para que su operación sea acorde con las normas técnicas y legales correspondientes y en especial a las relacionadas con la prevención de emergencias”, detalló el jerarca.

Diego Sojo Obando, Director a.i. de la Dirección General de Transporte y Comercialización de Combustible (DGTCC) indicó que los solicitantes deberán llenar un formulario digital, aportar la documentación que se le solicite, relacionada con las autorizaciones previas de la patente municipal y permiso sanitario de funcionamiento y con la información técnica del tanque incluyendo un informe de un ingeniero competente o de Bomberos sobre la seguridad de la operación del mismo.

“De resultar conforme la revisión de la información aportada se le otorgará la autorización en un plazo máximo de un mes y se incorporará al registro digital de tanques de autoconsumo que será de consulta pública”, explicó Sojo, tras informar que una vez que entre a regir este decreto se otorgan 6 meses para que las personas físicas o jurídicas que utilicen tanques de autoconsumo de combustible procedan con el registro de sus tanques.

Dicha inscripción se podrá realizar a través del formulario que podrán encontrar en la página web del MINAE:  https://minae.go.cr/ y en el blog de la Dirección General de Transporte y Comercialización de Combustible (DGTCC):  https://direcciondecombustiblesminaecr.blogspot.com/

Finalmente, jerarca del Ministerio de Ambiente y Energía, indicó que todos los tanques deben autorizarse, sin importar su capacidad, “lo importante es que sean estacionarios, es decir estar instalados en un sitio fijo y ser cargados en el mismo lugar”, concluyó.

La reglamentación que hasta el momento se aplicaba a los tanques de autoconsumo de combustibles data del año 2002 y es la misma que regula el otorgamiento de las concesiones para el suministro de combustibles en estaciones de servicio, además establece varias etapas para su autorización por lo que su trámite tardaba incluso más de un año. Este reglamento es el primero de un proceso de modernización de la reglamentación de la cadena de suministros de combustibles que realiza la DGTCC.  Es parte de los esfuerzos que se realizan por medio de la Ventanilla Única de Inversión y tiene una visión de mejora regulatoria y de simplificación de trámites, con el fin de reactivar la economía como se establece en la Ley 8220 y en la Directriz Presidencial 85.