- El presidente de la República, Carlos Alvarado, y la ministra de Trabajo, Geannina Dinarte, sancionaron este lunes la Ley N° 9808.
- Legislación declara ilegal la huelga en servicios públicos esenciales que pueda causar daño significativo a los derechos a la vida, la salud y a la seguridad pública.
- “Esta legislación brindará claridad sobre el alcance del ejercicio de la libertad sindical, es una regulación equilibrada y balanceada que permite a los trabajadores manifestarse en libertad sin afectar el derecho del resto de los ciudadanos”, dijo el mandatario.
Este lunes fue sancionada por el presidente de la República, Carlos Alvarado, y la ministra de Trabajo y Seguridad Social, Geannina Dinarte, la “Ley para brindar seguridad jurídica sobre las huelgas y sus procedimientos” (Ley N° 9808).
En la actividad, que tuvo lugar en Casa Presidencial, estuvieron presentes, además el ministro de la Presidencia, Víctor Morales; el presidente de la Asamblea Legislativa e impulsor de la iniciativa de Ley, Carlos Ricardo Benavides, así como otros congresistas que apoyaron el proyecto.
Alvarado agradeció a los legisladores por la aprobación de esta ley e indicó que se trata de una regulación equilibrada y balanceada que permite a los trabajadores manifestarse en libertad sin afectar el derecho del resto de los ciudadanos. “Es una deuda que tenía el país por mucho tiempo”, dijo el mandatario.
El expediente 21.049 fue aprobado en segundo debate por 35 congresistas el 16 de enero anterior luego de que el diputado Benavides lo presentara el año anterior y se le diera una vía rápida para su aprobación. “Costa Rica transitó mucho tiempo en un ambiente de incertidumbre y caos en materia de huelgas”, comentó el diputado Carlos Ricardo Benavides.
“Más que consagrarse un derecho, se generó una enorme impunidad para un grupo que abusaba de la mayoría, pisoteando sus derechos a la salud y a la educación, entre otros. Esta nueva ley establece un equilibrio, un nuevo balance, para que la huelga siga siendo un derecho, pero sin permitir que unos pocos abusen de la mayoría”, agregó.
Por su parte, la ministra de Trabajo y de Seguridad Social, Geannina Dinarte, dijo que, si bien la huelga es un derecho reconocido en el Código de Trabajo concebido para toda persona trabajadora en nuestro país, “reiteramos nuestro llamado desde el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social a recurrir a la vía del diálogo social como la herramienta fundamental para el mantenimiento de nuestra democracia y de la paz social que caracterizan a Costa Rica”.
El proyecto de Ley declara ilegal las huelgas en los servicios públicos esenciales cuya suspensión, discontinuidad o paralización pueda causar daño significativo a los derechos a la vida, la salud y la seguridad pública. Asimismo, suspende el pago de los salarios de los trabajadores que participen en estos movimientos.
En ese contexto, será un juez quien emitirá una resolución razonada y que especificará la forma en que se llevarán a cabo las labores, sus responsables y los mecanismos de supervisión la reposición del salario de los trabajadores en caso de que el movimiento de huelga sea declarado legal.
La reforma rubricada este lunes contempla algunos cambios significativos al Código de Trabajo como permitir la huelga que tenga por finalidad protestar contra políticas públicas, siempre que dichas políticas afecten de forma directa los intereses económicos o sociales de los trabajadores.