Carlos Manuel Rodríguez: “Fragilidad ambiental fue determinante para suspender viabilidad a proyecto de piña”

  • Así lo declaró el jerarca del MINAE al referirse a resolución en la que rechaza viabilidad ambiental otorgada por SETENA a proyecto para cultivo de piña en Humedal Nacional – Térraba Sierpe.
  • “La celeridad con que se tramita y decide el permiso es un indicio claro de que no existió análisis profundo y adecuado”, afirmó Ministro tras ordenar la suspensión de toda actividad alrededor de este proyecto.
  • Especificó que el paquete tecnológico autorizado no cumple con las especificaciones de una zona de humedal donde solo puede autorizarse uso de agroquímicos de baja toxicidad.
  • Otro de los argumentos incluidos en la resolución fue la protección al sitio arqueológico.
  • El Ministerio de Ambiente y Energía ordenó detener el proyecto de siembra de piña cerca del Humedal Nacional – Térraba Sierpe, en Palmar Sur, bajo el principal argumento de la gran fragilidad ambiental del sitio y el resguardo del patrimonio arqueológico de la zona.

    Así lo declaró el titular de la cartera, Carlos Manuel Rodríguez, al referirse a la resolución que emitió el lunes anterior, en el que declara con lugar los recursos interpuestos contra la viabilidad ambiental emitida por la Secretaría Técnica Ambiental en 2016 (incidente de nulidad contra la Resolución Nº 2331-2016-SETENA) en relación con proyecto de cultivo de piña impulsado por la corporación Pindeco.

    “En este caso era urgente tomar consciencia de la gran relevancia de la fragilidad ambiental del sitio del proyecto de cultivo de piña”, precisó el ministro Rodríguez, acotando que ordenó a la empresa abstenerse de realizar cualquier actividad relacionada con esta iniciativa.

    Agregó que “con esta resolución, hacemos efectiva la garantía de la protección del medio ambiente y en especial de las Áreas Silvestres Protegidas (ASP), ante el peligro de las actividades antrópicas como los monocultivos y otras como el uso de agroquímicos asociadas a ellas, pues éstas constituyen el elemento central de la protección de la biodiversidad”.

    En ese particular, especificó que por tratarse de una zona donde hay humedal, “solamente puede autorizarse el uso de agroquímicos de baja toxicidad, movilidad y persistencia, pero el folio 67 del paquete tecnológico no cumple con esas disposiciones”.

    Otro de los factores que incidió en la suspensión del proyecto fue la protección al sitio arqueológico que fue declarado patrimonio de la humanidad por parte de la UNESCO en 2014.

    “Efectivamente como se señala en el incidente de nulidad interpuesto, los elementos culturales son integrantes del concepto del ambiente y reconocidos en la Ley Orgánica del Ambiente, por lo que es obligación del Estado respetar la cultura y dentro de ello cuidar el Patrimonio Histórico”, indicó.

    Rodríguez acotó que “en este caso está conformado por piezas arqueológicas, del cual existe un importante patrimonio registrado dentro de las fincas donde se autorizó el cultivo de piña”. En ese sentido, denunció que “la SETENA omitió el acatamiento de la Ley sobre Patrimonio Nacional Arqueológico No. 6703 que establece el procedimiento a seguir cuando se encuentra patrimonio nacional arqueológico”, dijo.

    Asimismo, el ministro del MINAE aseguró que una serie de estudios requeridos no estaban completos al momento de la aprobación de la viabilidad ambiental. “La celeridad con que se tramita y decide el permiso es un indicio claro de que no existió un análisis profundo y adecuado del proyecto”, denunció.

    Antecedentes de proyecto PINDECO

    • Se le otorgó la viabilidad ambiental por parte de la Secretaría Técnica Ambiental (Setena) en el año 2016 (resolución No. 2331-2016-SETENA).
    • En mayo de 2017 se presentaron un incidente de nulidad y dos recursos de revocatoria con apelación. En los recursos argumentaron la preocupación del impacto de la actividad piñera en los humedales y en los sitios arqueológicos cercanos.
    • El Departamento de Auditoría y Seguimiento Ambiental ordenó la paralización del proyecto en 2017, hasta tanto no contara con los requerimientos gestionados en coordinación con SINAC, Museo Nacional y la Dirección de Aguas.
    • A la parte desarrolladora se le ordenó respetar la paralización de obras, mediante Resolución No. 956-2017-SETENA del 17 de mayo del 2017.
    • En noviembre de este año, el expediente llegó a apelación al Despacho del Ministro del Ambiente y Energía, Carlos Manuel Rodríguez, que este lunes emitió resolución en que anula el otorgamiento de viabilidad ambiental al proyecto.
    • En noviembre de este año, el expediente llegó a apelación al Despacho del Ministro del Ambiente y Energía, Carlos Manuel Rodríguez, que este lunes emitió resolución en que anula el otorgamiento de viabilidad ambiental al proyecto. En esta resolución, el ministro de MINAE declaró con lugar los recursos interpuestos contra la viabilidad ambiental (incidente de nulidad contra la Resolución Nº 2331-2016-SETENA) y la apelación sobre la resolución 956-2017-Setena del 2017, con lo que a su vez rechazó la solicitud de viabilidad ambiental efectuada por Corporación de Desarrollo Agrícola Del Monte, PINDECO.
    ]]>