- Amparada en la Ley 9561, donación de terrenos representará una inversión total superior a los ¢476 millones.
- Proceso fue posible gracias a la alianza del INVU con la Notaría del Estado, la Municipalidad de Desamparados y la comunidad.
- Otros 625 casos en Limón se sumarán a la estrategia de titulación nacional.
En El Parque de La Libertad, la Primera Dama, Claudia Dobles, el presidente de la República, Carlos Alvarado, autoridades del sector vivienda y del gobierno local de Desamparados entregaron este lunes los primeros 33 títulos de propiedad a familias del asentamiento Los Guido.
Esta donación de terrenos se ampara en la Ley 9561 que autoriza al Instituto de Vivienda y Urbanismo (INVU) donar las fincas de su propiedad a los 376 ocupantes, conforme la distribución sectorial existente en Los Guido en Desamparados. La inversión total es de ¢476.074.308.
Junto al presidente ejecutivo del INVU Tomás Martínez, la ministra de Vivienda y Asentamientos Humanos Irene Campos y autoridades locales, la Primera Dama y el presidente Alvarado hicieron entrega este lunes en forma simbólica de seis de los 33 primeros títulos de propiedad.
“Este es un día muy especial porque son 33 familias que pasan a ser dueñas de una tierra en la que han invertido y donde tienen sus hogares. Agradecemos al INVU por toda la gestión que permite darle su terreno a estas familias que se encontraban en condición de vulnerabilidad”, dijo la Primera Dama.
La acción interinstitucional articulada por el INVU, particularmente con la Notaría del Estado, la Municipalidad de Desamparados y la comunidad, es una experiencia exitosa en la implementación del plan nacional de titulación que lleva adelante el gobierno.
Para las autoridades del INVU, la aplicación de esta Ley alivia la situación habitacional de estas familias mediante la donación del terreno y asegura que cuenten con la propiedad como patrimonio familiar, sin carga financiera sobre ella. “Los casos que estamos titulando son en su mayoría adultos mayores o personas con evidentes necesidades y limitaciones económicas”, reflexionó el presidente ejecutivo, Tomás Martínez.
Agregó que “nuestro equipo técnico se ha comprometido a apoyar y realizar este proceso de manera ágil y eficiente en coordinación con las instituciones involucradas y con la comunidad”, en referencia a la aplicación de la Ley 9561 aprobada en abril de 2018, que define el listado de las 376 familias beneficiarias.
Asimismo, Martínez anunció que 625 casos de Limón se sumarán a este proceso de titulación de propiedades, enmarcado en el Plan Nacional de Desarrollo e Inversión Pública del Bicentenario.
Larga espera
Dentro del grupo de personas beneficiadas en la actividad de este lunes en el Parque La Libertad, destacaba don Antonio Rojas Murillo, de 92 años, viudo, con problemas visuales y de presión alta. “He esperado por la titulación por más de 30 años”, exclamó visiblemente emocionado.
El asentamiento Los Guido se ubica en Desamparados. Inició desde los años 80 como precario espontáneo y sin planificación, con familias provenientes de todo el territorio nacional.
Desde que se consolidó como asentamiento informal, se han realizado múltiples esfuerzos para resolver la situación jurídica. Algunas familias levantaron su casa propia sin tener titulación del lote que habitan. Otras recibieron un bono que les permitió construir una casa, sin embargo, la situación de registro territorial se omitió, continuando así la condición de ocupación irregular de los inmuebles.
Con la Ley 9561, los ocupantes deberán demostrar ante el INVU que tienen posesión del inmueble, individualmente o en su grupo familiar, por un lapso no menor de diez años anteriores a la entrada en vigor de la ley.
Una vez que tengan la propiedad a su nombre, las personas beneficiarias podrán optar por una solución habitacional, ampliación o mejoras de la vivienda existente mediante el bono de vivienda. Además, según lo establece la ley, el Banco Hipotecario de la Vivienda (BANHVI) les dará prioridad a dichos trámites.
La donación se inscribirá ante el Registro Nacional de la Propiedad con una limitación que prohíbe al nuevo propietario el traspaso, la enajenación, el arrendamiento, el cambio en la naturaleza o el uso distinto al de vivienda por un plazo de diez años, a partir de la fecha de otorgamiento de la escritura pública.
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