Ilegalidad de huelga en el MEP por no ser movimiento pacífico

Sentencia afirma que los educadores en huelga atentaron contra garantías constitucionales en perjuicio de los costarricenses.  

“Las manifestaciones son una expresión viva del movimiento de huelga. Sin embargo, éstas no deben sobrepasar los límites de racionalidad y proporcionalidad del actuar de cualquier gremio”, dice la resolución.

 

Sentencia condena a los tres sindicatos de la educación al pago de 6 millones de colones por costos procesales y personales.

  El Juzgado de Trabajo del II Circuito Judicial de San José declaró ilegal la huelga promovida en el Ministerio de Educación Pública por la Asociación Nacional de Educadores (ANDE), la Asociación de Profesores de Segunda Enseñanza (APSE) y el Sindicato de Educadores Costarricenses (SEC). La sentencia fue emitida por el juez Francisco Quesada Quesada, a las 10 horas y 25 minutos de este martes 9 de octubre. El juez argumenta que la participación del gremio de los educadores en la huelga, iniciada el 10 de setiembre, “no cumplió con el requerimiento de ser un movimiento pacífico”, lo cual vulneró altamente las garantías constitucionales de los costarricenses. “Las manifestaciones son una expresión viva del movimiento de huelga. Sin embargo, éstas no deben sobrepasar los límites de racionalidad y proporcionalidad del actuar de cualquier gremio”, dice la resolución. Agrega, en relación con los bloqueos, que “no escapa a la presente calificación y el no cumplimiento de ser un movimiento pacífico, el hecho del impacto que el actuar sindical trajo a Costa Rica, vulnerando con ello las mismas bases constitucionales, las cuales son garantías para los costarricenses”. En el razonamiento, el juez cita a la Organización Internacional del Trabajo (OIT) en relación con el derecho a huelga, indicando que “la acción de los trabajadores debe limitarse a expresar una protesta y no tener por objeto perturbar la tranquilidad pública”. Finalmente, el juez Quesada condenó de manera solidaria a los tres sindicatos al pago de un millón de colones por las costas procesales y de cinco millones de colones por las costas personales. Con esta sentencia, suman 17 las declaratorias de ilegalidad del movimiento huelguístico en instituciones públicas del país, mientras dos recibieron sentencia de legalidad. Las resoluciones de ilegalidad se registraron en el Consejo Nacional de Producción, Ministerio de Vivienda y Asentamientos Humanos, Comisión Nacional de Emergencias, Banco Central, Junta de Protección Social, Junta de Administración Portuaria de la Vertiente Atlántica (JAPDEVA), Instituto Mixto de Acción Social (IMAS), Correos de Costa Rica, Refinería Costarricense de Petróleo (RECOPE), Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS), Sistema Nacional de Radio y Televisión (SINART), Patronato Nacional de la Infancia (PANI), Ministerio de Agricultura y Ganadería (MAG), el Instituto Nacional de Seguros (INS), el Instituto Costarricense de Electricidad (ICE) y el Instituto Nacional de Aprendizaje (INA). Para ver la sentencia de ilegalidad de la huelga puede acceder al siguiente enlace: Sentencia MEP]]>