Costa Rica otorga asilo político a Álvaro Leiva, defensor nicaragüense de derechos humanos

  • Presidente de la República y Ministra de Relaciones Exteriores firman resolución para garantizar protección a Secretario Ejecutivo de ANPDH.

  • País acoge primera solicitud de asilo político, tras crisis nicaragüense.

  • Migración mantiene procedimiento habitual para el trámite de solicitudes de refugio

  •   El Gobierno de la República de Costa Rica otorgó oficialmente asilo político al secretario ejecutivo de la Asociación Nicaragüense Pro Derechos Humanos (ANPDH), Álvaro Leiva. Leiva acudió al Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto para solicitar protección, ante la crisis social, política y económica que enfrenta Nicaragua, al considerar que se encuentra una situación de riesgo como resultado de sus labores por la defensa de los derechos humanos. Asimismo, manifestó ser víctima de persecución política, que se ha materializado en actos concretos en contra de su vida, libertad, seguridad e integridad personal. Por estas razones, el Presidente de la República, Carlos Alvarado; y la Ministra de Relaciones Exteriores y Culto, Epsy Campbell, acogieron la solicitud de asilo político. La institución del asilo político se encuentra consagrada en el artículo 31 de la Constitución Política de Costa Rica. La Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia ha señalado que se trata de un principio jurídico de rango superior que se manifiesta en actos humanitarios de solidaridad. La concesión o denegatoria de esta figura es un acto de Gobierno, dictado en pleno ejercicio de la soberanía del Estado costarricense, por lo que corresponde al Poder Ejecutivo la valoración de los hechos y las razones que aduce el solicitante con motivo de persecución, al igual que el análisis de las pruebas. Cabe resaltar que el asilo político es una protección especial para personas que pertenecen al rango diplomático o han participado en movimientos políticos en su país de origen. Mientras que, las solicitudes de refugio son tramitadas y resueltas por la Dirección General de Migración y Extranjería. Dicha institución recibe las peticiones de personas que tienen temores fundados y pueden demostrar con pruebas que son perseguidos por motivos de raza, género, o pertenencia a una agrupación específica.]]>