Sociedades se exponen a sanciones por no pagar el Impuesto a Personas Jurídicas

www.hacienda.go.cr, apartado “Servicios Tributarios”, sección “ATV” y seleccionar la opción colocada en el extremo superior izquierdo de la página “Consulta de información tributaria”. Para el período 2017, el pago sin sanciones debía realizarse entre el 1 de setiembre y el 2 de octubre de este año. Los contribuyentes que deben cumplir con esta obligación son las sociedades mercantiles, las sucursales de una sociedad extranjera o su representante, y las empresas individuales de responsabilidad limitada inscritas ante el Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional. Incluye además las casas extranjeras, sociedades anónimas, sociedades de responsabilidad limitada, sociedades en comandita, sociedades colectivas y empresas individuales de responsabilidad limitada. Los recursos provenientes de este impuesto son asignados al Ministerio de Seguridad Pública para financiar infraestructura física de las delegaciones policiales, compra y mantenimiento de equipo policial, atención a la seguridad ciudadana y combate a la delincuencia; al Ministerio de Justicia y Paz para financiar la Dirección General de Adaptación Social; y al Poder Judicial para financiar el Organismo de Investigación Judicial en la atención del crimen organizado.]]>