El Ministerio de Economía, Industria y Comercio (MEIC) está comprometido a eliminar las barreras en el mercado de los productos para la construcción –entre ellos, el cemento–, con el fin de mejorar las condiciones para los consumidores y lograr, además, una mayor y sana competencia. Este norte de la Administración Solís Rivera se encuentra en el Plan Nacional de Desarrollo 2015-2018 y, también, se sustenta en diversos estudios técnicos, criterios de la Comisión Nacional para la Promoción de la Competencia (Coprocom), denuncias de diputados de diversas fracciones legislativas durante prácticamente una década.
En Costa Rica, el mercado del cemento se caracteriza por una estructura duopólica, con, al menos, un 98% del mercado en manos de dos empresas: Cemex y Holcim. Ambas se distribuyen el mercado, con una fuerte integración vertical que les permite tener participación en toda la cadena de valor, desde la producción hasta la comercialización. Adicionalmente, un estudio de la COPROCOM advierte que el costo de producción respecto al precio de venta alcanza una diferencia de 142%.
En el año 2003, esas dos empresas, Cemex y Holcim, junto con el Instituto Costarricense del Cemento y Concreto firmaron un acuerdo con el MEIC para concretar los alcances del reglamento técnico que, finalmente, se emitió en el 2005. Hay que hacer notar que ese Instituto lo forman, precisamente, Cemex, Holcim y el Laboratorio Nacional de Materiales y Modelos Estructurales (Lanamme).
Con la emisión (2005) de ese reglamento técnico, se negociaron seis barreras de mercado. Ninguna de ellas tuvo un sustento técnico. Estas son: empaque de 50 kilos; comercialización de cemento a granel el mismo día de producción; comercialización dentro de los 45 días siguientes a la fecha de empaque; creación de un registro de importadores; adopción de la tabla 3 (requerimientos químicos para cementos hidráulicos que contiene a lista de metales pesados) y el pago de una garantía por parte de los importadores, esta última fue la única que no prosperó.
A partir de entonces, se sucedieron múltiples objeciones y cuestionamientos de diputados de distintas fracciones políticas. Las principales quejas se relacionaban con las barreras al mercado, los altos precios, el duopolio y la ausencia de justificaciones técnicas. Durante los 10 años siguientes, ningún gobierno tomó acción alguna para corregir las fallas de mercado, las cuales se confirmaron en los criterios de la COPROCOM y por parte de los estudios técnicos del MEIC.
Los únicos avances fueron la eliminación del registro de importadores, dada en los últimos días de la Administración Chinchilla Miranda, y el inicio del proceso de construcción de la norma técnica.
Los acuerdos generados entre las partes en el reglamento técnico se constituyeron en barreras de mercado; pero además nunca fueron verificados: la administración pública omitió formular el procedimiento de evaluación, indispensable de para comprobar su cumplimiento y que emitirse seis meses después de publicado el decreto del 2005.
Tarea de este gobierno
Esta omisión del Estado, implicó que nunca se verificara la calidad del cemento ni el cumplimiento de los reglamentos técnicos. Más grave aún: ni siquiera desde 1990, cuando se emitió el primer reglamento, se cumplió con ese deber; en otras palabras, nunca se ha sabido con evidencia científica y documental, la calidad del cemento que se usa en Costa Rica. La Administración Solís Rivera, con el respaldo del decreto de marzo 2015, incorpora la exigencia de que las empresas presenten un certificado de cumplimiento, el cual debe ser emitido por un ente debidamente acreditado. Asimismo, el Ministerio de Economía inicia el proceso de revisión del reglamento técnico, con base en los estudios técnicos que confirman lo injustificado de las barreras acordadas por las empresas en el 2003.
Con el aporte de la Cámara de la Construcción y sustentado en los estudios y criterios emitidos en años anteriores, el decreto del 9 de marzo de 2015, finalmente, elimina la restricción de los 45 días, los 50 kilos y la comercialización a granel. Paralelamente, se trabajó en la norma técnica y en setiembre de 2015 se publicó una restricción de que el cemento a granel se debía vender en fecha de elaboración y en noviembre de ese año, salió finalmente el Procedimiento de Evaluación de la conformidad, pendiente desde el año 2005.
El Estado renunció, en el 2005, a su potestad de imperio de emitir reglamentos técnicos en pos del interés público. Renunció a su facultad de verificación para garantizar el cumplimiento de la regulación nacional. Eso tuvo un serio impacto en los precios finales a los consumidores y en los costos de construcción en el país.
Por eso, en enero del 2016, el MEIC emite un nuevo reglamento técnico basado en la norma de INTECO. Este, a diferencia del emitido 2005, donde solo participaron las empresas del duopolio, tuvo una amplia participación: Holcim, Cemex, Lanamme, ICCYC, CFIA, CCC, CICR, ITCR, Concori, Pedregal, AMCO, CCCR, ICE, Minae, Sinocem, Armabloque, MEIC, Asociación de Industrias del Concreto, Ministerio de Salud.
Precisamente, con los instrumentos generados por el MEIC para poner en marcha la verificación de mercado y evaluación de conformidad, se descubrió en abril del año 2015, que las tres empresas, presentaban incumplimientos en la aplicación del reglamento técnico.
Cemento chino
La empresa Sinocem Costa Rica realizó gestiones ante el MEIC, por primera vez en enero de 2015, en el último día de la consulta pública para la emisión del reglamento técnico. Ahí, planteó dos observaciones que fueron rechazadas, porque trasladaban responsabilidad al distribuidor de etiquetar la durabilidad del cemento (responsabilidad que solo debe caer en el productor y el responsable de empaque) y la otra por pretender sustituir la etiqueta adicional que pedía un transitorio para el producto en stock por un sello de tinta indeleble o en la factura de venta comercial.
Posteriormente, realizó gestiones ante el MEIC en respuesta a consultas recibidas en el Ministerio donde solicitaban información relativa al cumplimiento del reglamento técnico por parte del “cemento chino”. En razón de las gestiones que hicieron el Depósito Gravilias y el Instituto del Cemento, el MEIC procedió a realizar la primera verificación documental en la historia del país. La inspección permitió confirmar incumplimientos en Cemex, Holcim y Sinocem. Para evitar un problema de abastecimiento, el MEIC emite una resolución para ampliar el plazo de cumplimiento por 6 meses, para las tres empresas sin excepción.
En este 2017, y en razón de incumplimientos en la presentación de los certificados correspondientes, el cemento proveniente de China no ha logrado ingresar en su totalidad al país, en espera de aportar las pruebas correspondientes según lote y tipo de cemento, de acuerdo con lo que establece la nota técnica para permitir la nacionalización del producto.
Durante toda la administración actual, el proceso de construcción de reglamentos técnicos, Norma Inteco y Procedimiento de Evaluación de la Conformidad se caracteriza por la amplia participación de actores, basada en fundamentos técnicos como lo exige la OMC. Su cumplimiento es obligatorio para todas las empresas, sin privilegios para ninguna de las partes.
El gobierno de la República actúa con plena transparencia para procurar mayor competencia en el mercado y mejores precios para los consumidores. Resultados que se pueden ver en una caída del precio cercana al 8% en el primer año; situación que no se daba desde la entrada de Cementos David al país.
Todo el proceso de construcción de los instrumentos jurídicos actuales, fue liderado por el Ex Ministro Welmer Ramos Gonzalez y el viceministro Carlos Mora, en acompañamiento con el equipo técnico de la dirección de Mejora Regulatoria y Reglamentación Técnica, y que hoy se ha convertido en la dirección de Calidad.
Consulte la presentación realizada el 4 de setiembre por la ministra de economía Geannina Dinarte Romero: REVELAR EL EXPEDIENTE DEL CEMENTO CONFERENCIA PRENSA MEIC 4Set17
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