Caspirola de Acosta , Firma Ley 9427, Rendición de Cuentas, Títulos de tierras , Instituciones asociadas: MEP, DIEE, IMAS, MOPT, CONAVI, CCSS, DINADECO, INDER, MAG, CNP, AyA, IFAM, MIVAH, Seguridad Publica, Presidente Luis Guillermo Solís. Capirola de Acosta 23 Marzo 2017, Fotos: Roberto Carlos Sánchez

150 familias de comunidades de Acosta podrán titular sus propiedades tras 107 años de espera

  • Administración Solís Rivera convocó este proyecto 7 veces desde agosto del 2015.
  • Son vecinos de Caspirola, La Legua y San Jerónimo.
  • Municipalidad de Aserrí queda facultada, por esta legislación, a donar este terreno que era de su propiedad a las familias que las han tenido de buena fe.
  • Caspirola, Acosta. Un total de 150 familias de las comunidades de Caspirola, San Jerónimo y La Legua, del distrito de Sabanillas en el cantón de Acosta, podrán titular sus propiedades tras una espera de 107 años.

    El Presidente de la República Luis Guillermo Solís Rivera firmó la Ley 9427 titulada “Ley que autoriza a la Municipalidad de Aserrín para que segregue y done un inmueble de su propiedad (anteriormente denominado) Ley de autorización a la Municipalidad de Aserrí a donar terreno de su propiedad” que le permite a los vecinos del distrito de Sabanillas poder inscribir sus terrenos luego de una larga de lucha por adquirir los títulos de propietarios.

    Las familias de estas comunidades, que han vivido en estas propiedades las han tenido de buena fe.

    “Venir hasta estas hermosas comunidades del cantón de Acosta a saldar una deuda histórica es motivo de orgullo, este acto viene a sellar la tradición del respeto a la legalidad y a los derechos que tiene la ciudadanía. Las personas, sus actividades productivas, su identidad ayudan a formar territorios que están profundamente arraigados”, indico el Mandatario.

    El acto de firma se realizó en presencia de las familias beneficiadas, comunidades vecinas, autoridades locales y nacionales quienes acompañaron en una gira de trabajo al Presidente Luis Guillermo Solís Rivera y a la Primera Dama, Mercedes Peñas Domingo por Acosta.

    El Gobierno de la República consciente de la problemática que tenían estas personas convocó siete veces desde agosto del 2015 en sesiones extraordinarias de la Asamblea Legislativa, este proyecto de ley que recibió el primer y segundo debate en el presente año.

    Así, con esta nueva ley se hará justicia con las personas e instituciones que actualmente se encuentran en el terreno quienes podrán adquirir el título a propiedad.

    El proyecto de ley presentado en el año 2008, desde ese entonces el proyecto ha estado en trámite legislativo. En la Comisión Permanente Especial de Municipales se realizaron cambios a su texto original quedando como está actualmente y aprobado en segundo debate el 27 de febrero del 2017, gracias a la participación e impulso de las legisladoras Marcela Guerrero del PAC; Patricia Mora del Frente Amplio y Karla Prendas, de Liberación Nacional.

    107 AÑOS ANTES Y AHORA

    Hace 107 años el Ayuntamiento de Aserrí heredó una situación jurídica y de posesión compleja, pues una propiedad que nace de un «denuncio de bienes baldíos», situada en una jurisdicción en aquel momento del cantón de Aserrí, hoy pertenece a la jurisdicción territorial del cantón de Acosta.

    En el transcurso de estos más de cien años sufrió transformaciones, de hecho no solo en su posesión y condiciones registrales sino en su propia naturaleza. Hoy ya no es un terreno baldío, sino comunidades que tienen desarrollo, con servicios públicos de agua, electricidad, telefonía, salud, que a través de los años habrían legitimado esos desarrollos y a los poseedores de los inmuebles que lo hayan hecho de buena fe.

    Esta nueva ley permite:

    • Donar y traspasar los lotes de su propiedad exclusivamente a personas jurídicas públicas, a organizaciones sociales sin fines de lucro, a las temporalidades de la Iglesia Católica y a personas físicas que actualmente sean poseedoras y que hayan ostentando dicha condición en forma quieta, pública, pacífica e ininterrumpidamente y a título de dueño durante más de diez años y que actualmente utilicen los lotes para vivienda, subsistencia, actividad económica propia y de su familia, todo lo cual deberán acreditar.
    • Los donatarios de los lotes no podrán vender o traspasar dichas propiedades más allá de sus familiares hasta tercer grado de afinidad o consanguineidad en un plazo de siete años contados a partir de la fecha de la donación.
    • Los terrenos que actualmente estén destinados al uso público o comunal, tales como caminos públicos, escuelas, iglesias, plazas de deportes o parques, sistema de- alcantarillado, acueductos y salones comunales y otros deberán ser traspasados al ente público o privado comunitario sin fines de lucro que corresponda, en razón de sus competencias: MOPT, MEP, MINAE, Ministerio de Cultura, AyA, ICE, CCSS., organizaciones sociales sin fines de lucro y a las Asociaciones de Desarrollo Integral locales.
    • Corresponderá a cada poseedor, por su cuenta, elaborar el plano catastrado de su propiedad, para el otorgamiento de las escrituras públicas mediante el instituto de la donación.
    • La Municipalidad de Aserrí contará con seis meses para aprobar el respectivo reglamento una vez aprobada esta Ley.

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