MOPT inicia recepción de ofertas para ayudas comunales el 1 de marzo

  • Se recibirán aproximadamente 80 solicitudes para el 2018.
  • Se brinda material para la construcción de infraestructura pública.
  • Organizaciones comunales, municipios y juntas de educación principales beneficiados.
Las organizaciones comunales, municipios y juntas de educación de todo el país podrán entregar sus solicitudes de materiales para el 2018, a partir del miércoles 01 de marzo del año en curso. En la fecha indicada, el Departamento de Ayudas Comunales de la Dirección de Edificaciones Nacionales del MOPT, recibirá a los interesados hasta completar aproximadamente 80 solicitudes de material, lo anterior tomando en cuenta que la recepción está condicionada a existencias de material en bodega y a la disponibilidad presupuestaria del año correspondiente. Dado que la recepción de solicitudes es limitada, se recomienda a los interesados que previo a la entrega de sus solicitudes verifiquen vía telefónica si aún se encuentra abierta la recepción, este dato e información adicional se puede consultar a los teléfonos 2523-2601/ 2523-2602 / 2523- 2660 o en el sitio web del Ministerio www.mopt.go.cr. Recibidas la ofertas, inicia un proceso de análisis de todas las solicitudes para determinar si las mismas cumplen con los requisitos legales, técnicos y presupuestarios, solicitados por el MOPT. En caso de que exista posibilidad de abrir nuevamente la recepción de solicitudes, el Departamento de Ayudas Comunales del MOPT lo comunicará oportunamente. ALERTA En años anteriores se han dado situaciones en las que personas inescrupulosas solicitan dinero a las comunidades con el fin de transportar materiales supuestamente donados por el Ministerio a través de Ayudas Comunales. El MOPT y Edificaciones Nacionales advierten que el Ministerio notifica directamente a los representantes legales de las organizaciones comunales sobre la aprobación de la solicitud. Esta comunicación se hace mediante oficio debidamente firmado por los funcionarios del Ministerio autorizados para tal efecto. Asimismo, se comunica formalmente la aprobación de la donación de materiales con el objeto de coordinar el traslado de los mismos hasta las comunidades respectivas, aspecto que debe resolver la Asociación de Desarrollo. Por lo anterior, el MOPT solicita a las comunidades con solicitudes en trámite, NO DESEMBOLSAR ningún dinero por aspectos relacionados con este trámite a personas que se hagan pasar, telefónica o personalmente por funcionarios del Ministerio, antes se recomienda llamar a los teléfonos 2523 2601, 2523-2602 y 2523-2660 o escribir a la dirección electrónica fsanchec@mopt.go.cr para verificar el estado de su solicitud. BENEFICIADOS Y REQUISITOS La Dirección de Edificaciones Nacionales por medio del Departamento de Ayudas Comunales, brinda colaboración a las diferentes agrupaciones, con el aporte de material para la construcción de Infraestructura Pública, amparado al Decreto Ejecutivo N° 32094-MOPT “Reglamento de Entrega de Materiales de Construcción y Suministros de Servicios del Ministerio de Obras Públicas y Transportes”. En su artículo 5°, el citado reglamento establece que únicamente calificarán como debidamente legitimadas a los efectos de resultar favorecidas con la entrega de materiales y suministros de servicios por parte de este Ministerio, las siguientes organizaciones y personas jurídicas: · Las Municipalidades · Las Juntas de Protección Social · Las Juntas de Educación · Las Juntas Administrativas de Colegios dedicados a la enseñanza · Las instituciones públicas de Desarrollo Comunal · Aquellas otras previstas por el artículo 9” de la Ley 4786, Reforma a la Ley de Creación del Ministerio de Transportes, del 5 de Junio de 1971 y sus reformas · Las previstas por el artículo 19 de la Ley número 3589 sobre Desarrollo de la Comunidad · Las Asociaciones declaradas de utilidad pública, especialmente las dedicadas al embellecimiento de la Red Vial Nacional, sus derechos de vía y resguardo de la Seguridad Vial y aquellas expresamente previstas por el restante Ordenamiento Jurídico. REQUISITOS PARA CALIFICAR Para lograr calificar como beneficiado el MOPT solicita el cumplimiento de requisitos tales como: · Presentar formulario de “solicitud de materiales” completo, firmado por el responsable de la obra (Profesional o Maestro de obras) y con el sello de la Organización Social o Institución Gubernamental. · Este formulario incluye la Declaración Jurada del Representante Legal, manifestando que conoce, entiende y acepta los alcances de la responsabilidad que conlleva resultar favorecido con la entrega de materiales y servicios, para llevar a cabo las obras comunales o viales que regula el Reglamento al Decreto N° 32094-MOPT. · Carta formal solicitando ayuda, debidamente firmada por el Representante Legal y con el sello de la Organización Social o Institución Gubernamental. · Fotocopia de la cédula de identidad del Representante Legal. · Certificación de personería jurídica vigente de la Organización Social o Institución Gubernamental (no puede tener más de tres meses de extendida). · Certificación emitida por el Registro Público sobre la propiedad del inmueble en el que se ejecutarán las obras, así como el plano catastrado correspondiente. · Planos constructivos firmados y sellados por el Responsable de la Obra ante el Colegio Federado de Ingenieros y Arquitectos CFIA o croquis estructural con las cotas y dimensiones (Para obra nueva o remodelaciones que requieran cambios estructurales, se debe considerar que la entrega del material queda sujeta a la aprobación del procedimiento ante el Administrador de Proyectos de Construcción (APC) ante el Colegio Federado de Ingenieros y Arquitectos (CFIA). · Aportar copia de la cédula y carné del Profesional Responsable de La Obra, (Para obra nueva o remodelaciones que requieran cambios estructurales). Y copia de la cédula del maestro de obra (para obra menor).
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