MEIC hace un llamado a los consumidores para que verifiquen que proyectos inmobiliarios se encuentren debidamente autorizados

  • En el marco de la ExpoConstrucción y Vivienda.
  • Las ventas a plazo o de ejecución futura deben ser autorizadas por el MEIC.
  • San José, 17 de febrero del 2017. El Ministerio de Economía, Industria y Comercio (MEIC), informa que ha realizado una fiscalización de los proyectos comercializados en la ExpoConstrucción y Vivienda 2017. La Ley de Promoción de la Competencia y Defensa Efectiva del Consumidor –Ley 7472–, procura la protección de los derechos e intereses legítimos de los consumidores, particularmente, cuando el ofrecimiento de los bienes y servicios se realiza bajo la modalidad regulada en el artículo 44, sea ventas a plazo o ejecución futura de servicios, el comerciante deberá cumplir con los requisitos de ley, así como los establecidos en el  reglamento, Decreto Ejecutivo 37899-MEIC (Sección Tercera, Bienes Inmuebles) de previo a su venta. Cuando se comercializa un proyecto inmobiliario, este debe cumplir con los requisitos legales para que el MEIC a través de la Dirección de Apoyo al Consumidor otorgue la autorización para comercializar los proyectos; sin este acto administrativo no es legal comercializar ningún proyecto. El MEIC visitó este jueves 16 y viernes 17 de febrero, 48 stands de la ExpoConstrucción y Vivienda 2017, fiscalizó 114 proyectos de los cuales 98 se encontraban autorizados y 17 estaban siendo ofrecidos a los consumidores sin la autorización correspondiente. En el siguiente gráfico se detalla el nivel de cumplimiento e incumplimiento referido. Los proyectos que se ofrecen al consumidor sin estar autorizados son: [caption id="attachment_16514" align="alignnone" width="419"]Fuente: *Actas de comprobación de hechos levantadas al efecto con numeración Nº 2, 3, 4, 5, 6, 8, 9 y 10 de fecha 16/02/ 2017. Fuente: *Actas de comprobación de hechos levantadas al efecto con numeración Nº 2, 3, 4, 5, 6, 8, 9 y 10 de fecha 16/02/ 2017.[/caption] [caption id="attachment_16515" align="alignnone" width="427"]Fuente: *Actas de comprobación de hechos levantadas al efecto con numeración Nº 12, 15, 16, 18 de fecha 17/02/ 2017. Fuente: *Actas de comprobación de hechos levantadas al efecto con numeración Nº 12, 15, 16, 18 de fecha 17/02/ 2017.[/caption] El MEIC está facultado para realizar la presentación de las denuncias ante la Comisión Nacional del Consumidor, -de conformidad con la Ley 7472-, suspender la comercialización de los proyectos sin la autorización de ley y las posibles multas que oscilan entre los diez y cuarenta salarios base. (artículos 53 y 57 de la Ley 7472). Además se mantendrá vigilando para que la normativa de protección al consumidor se cumpla. El MEIC hace un llamado a los consumidores para que eviten comprar a estas empresas y consulten nuestro sitio web www.meic.go.cr (consumidor/ventas a plazo/ empresas y proyectos inscritos) de previo a tomar alguna decisión de consumo e informándose acerca de los proyectos autorizados ante el ministerio. De igual manera, puede llamar a la línea gratuita 1-311 para requerir asesoría sobre este tema o interponer una denuncia directamente en nuestro sistema de Consumidor en Línea, disponible en http://meic.go.cr/consumidorenlinea/.]]>