Gobierno crea régimen diferenciado para PYMES que utilicen drones con fines comerciales

  • Decreto suspende el pago a PYMES por un plazo de tres años.
  • Ejecutivo suspende por seis meses cobro a todos los usuarios comerciales de drones para consultar legalidad a la Procuraduría.
  • Gobierno promoverá proyecto de ley para exonerar pago total en caso de que Procuraduría confirme la necesidad legal del cobro.
  • El Gobierno de la República, lanzó el decreto 40197-MP-MOPT-MEIC en el cual establece un régimen diferenciado a las microempresas o emprendimientos certificados por el MEIC por el uso comercial de Sistema de Aeronaves Pilotadas a Distancia (RPAS, conocidas como Drones). Esto, con el objetivo de apoyar y promover el desarrollo de dicho sector, en razón de sus aptitudes para la generación de empleo, los encadenamientos productivos, el aprovechamiento de pequeños capitales y el proceso de desarrollo de la capacidad empresarial. Este beneficio las exime por tres años del pago de USD$1.874,02 por concepto de certificación de explotación por RPAS. Esto favorece además a todos los profesionales independientes ya que de conformidad con lo señalado en el artículo 3 de la Ley de Fortalecimiento de las Pequeñas y Medianas Empresas, Ley N° 8262, se catalogan como PYMES todas aquellas personas físicas o jurídicas que desarrollen actividades industriales, comerciales, de servicios o agropecuarias que desarrollen actividades de agricultura orgánica. A la vez, cabe destacar que las actividades particulares, recreativas, de exploración e investigación con drones, no están supeditadas al cobro, en tanto no responden a actividades de carácter comercial. El plazo de suspensión de pago inicia a partir de la primera inscripción en el Sistema de Información Empresarial Costarricense (SIEC) como “PYME que realice operaciones comerciales con RPAS, destinadas a servicios de trabajos aéreos de comercialización de productos o servicios obtenidos de los RPAS por remuneración” y que por lo tanto requieran de un certificado de explotación. Con la vigencia del decreto también entra a regir una suspensión del cobro por seis meses para todos los usuarios comerciales de drones, PYMES o no, esto con el fin de realizar una consulta formal a la Procuraduría General de la República sobre la legalidad de dicho cobro. “El Decreto Ejecutivo N° 39430-MOPT del 22 de setiembre del 2015 reformó el régimen tarifario para la prestación de servicios y facilidades aeroportuarias, en razón de la necesidad de incluir dentro de las tarifas indicadas, las correspondientes por concepto de certificación de empresa por RPAS. No obstante hemos considerado oportuno consultar a la Procuraduría sobre los alcances normativos en razón de los cuales se habilitó el cobro por un monto de USD$1.874,02, cifra que se deriva del estudio emitido por el Departamento Financiero de la Dirección General de Aviación Civil por concepto de certificación de explotación por RPAS” afirmó el Ministro de la Presidencia Sergio Alfaro. El Gobierno enviará la consulta a la Procuraduría la próxima semana, no obstante, en caso de que la esta institución se pronuncie favorablemente sobre la viabilidad del cobro por dicha tarifa, el Gobierno presentará ante la Asamblea Legislativa un proyecto de ley que permita un régimen de exoneración para las RPAS.]]>