Dinero de donaciones permitirá comprar uniformes para escolares y colegiales

  • Entrega beneficiará a más de 3 mil estudiantes,
  • Las solicitudes deberán presentarse en un plazo máximo de 15 días hábiles posteriores a la publicación del decreto.
  • Dinero permitirá adquirir dos uniformes y un par de zapatos.
  • Un decreto firmado este martes por el Presidente de la República, Luis Guillermo Solís y que se publicará mañana en el diario oficial: La Gaceta, permitirá utilizar parte del dinero de las donaciones de los costarricenses, para comprar uniformes a más de 3 mil estudiantes que viven en las zonas afectadas por el huracán Otto. Los beneficiados iniciales serían 3221 estudiantes (1464 hombres y 1757 mujeres) de 24 centros educativos. Sin embargo, los alumnos que requieran ayuda y no estén en los programas de AVANCEMOS, FONABE o el de Transporte Estudiantil, realizarán la solicitud por medio de una Ficha de Información Social, levantada por el Instituto Mixto de Ayuda Social. El decreto N° 40187-MP-MEP viene a reglamentar las donaciones de dinero en efectivo que la Comisión Nacional de Emergencias (CNE) realice a las Juntas de Educación y Juntas Administrativas, además autoriza a estas para que conforme a las potestades otorgadas mediante la Ley Fundamental de Educación, N°2160, reciban las donaciones de dinero en efectivo procedentes del Fondo Nacional de Emergencias para dicha compra. Para acceder a las donaciones se establecen como requisitos:
    • El solicitante deberá ser padre de familia o tutor del beneficiario, o el estudiante mayor de edad.
    • La Junta Administrativa o Junta de Educación correspondiente deberá verificar que los solicitantes se encuentran inscritos en la Lista de Matrícula del centro educativo respectivo.
    • Con el fin de corroborar la condición socioeconómica de los solicitantes, las Juntas de Educación deberán recurrir a los beneficiarios ya calificados por AVANCEMOS, FONABE o el Programa de Transporte Estudiantil. Aquellas personas que no puedan demostrar su condición mediante los programas anteriores, podrán hacerlo por medio de una Ficha de Información Social levantada por el Instituto Mixto de Ayuda Social.
    La Junta competente una vez compilada y corroborada la mayor cantidad posible de solicitudes que cumplan con los requisitos, deberá remitir a la Presidencia de la CNE el Plan de acción específico indicando el monto necesario para la ayuda de cada uno de los solicitantes y el monto global de la totalidad de las solicitudes. Para la ejecución del giro de los recursos se deberá cumplir con las siguientes condiciones:
    • La Junta Competente deberá girar a cada beneficiario un primer pago equivalente a un uniforme y el calzado.
    • En un plazo no mayor de cinco días hábiles el solicitante deberá demostrar que ha utilizado debidamente los recursos entregados mediante la presentación de facturas o recibos de compra o confección del uniforme y el calzado. El director del centro educativo, el docente o la docente a cargo del beneficiario podrá extender una nota indicando si el beneficiario cuenta con al menos un uniforme completo.
    • Una vez corroborado el uso debido del primer giro la Junta podrá realizar el segundo pago correspondiente al segundo uniforme.
    • La Junta competente deberá consultar a las autoridades del centro educativo al que acuda el beneficiario sobre la adquisición debida del segundo uniforme.
    Cada Junta competente deberá rendir un informe de ejecución de recursos al finalizar la liquidación del primer desembolso y un informe final de ejecución de recursos que incluya al segundo desembolso Las solicitudes deberán presentarse en un plazo máximo de 15 días hábiles posteriores a la publicación del presente decreto. La disposición para la compra de estos uniformes escolares aplica a los estudiantes de la población afectada en las zonas geográficas cubiertas por la emergencia nacional bajo el Decreto N°40027-MP, que contempla: Upala, Guatuso y los Chiles, de la Provincia de Alajuela; Cantón de Sarapiquí de la Provincia de Heredia; Cantón de Bagaces de la Provincia de Guanacaste y, los cantones de Osa, Golfito, y Corredores de la Provincia de Puntarenas, así como el Cantón de Pococí de la Provincia de Limón. Fuerza Costa Rica  ]]>