Se cumple con promesa ratificada en el discurso para asumir el poder en el año 2014: «La nueva Administración no dará tregua a la evasión tributaria en todas sus manifestaciones. Esto resulta obligado por razones tanto éticas como prácticas.»Mandatario asegura que esta nueva normativa es parte de una política económica consistente contra el fraude y la evasión. El Presidente de la República Luis Guillermo Solís Rivera, firmó este lunes 19 de diciembre la Ley para Mejorar la Lucha Contra el Fraude Fiscal, la cual le permite a Costa Rica y al Ministerio de Hacienda una serie de herramientas, para atacar la evasión en las áreas más sensibles, al tiempo que moderniza la lucha contra la evasión y el fraude colocando al país con altos estándares internacionales en esta materia.
El acto se realizó en el Ministerio de Hacienda con la presencia del Vicepresidente de la República y Ministro de la Presidencia, Helio Fallas; el Ministro de la Presidencia, Sergio Alfaro; el viceministro de Ingresos, Fernando Rodríguez; el viceministro de Egresos, José Francisco Pacheco; el viceministro de la Presidencia, Luis Paulino Mora y parte del equipo de profesionales y técnicos de Hacienda y de la Presidencia de la República, quienes fueron responsables de la confección y negociación de esta importante normativa, que sella un compromiso asumido, desde el inició de la gestión, por la Administración Solís Rivera.
El Presidente Solís Rivera indicó que esta ley es parte de una política consistente en lo fiscal y hacendario. A la vez, recordó que esta nueva legislación fue complicada de aprobar, pero que a partir de ahora se tendrá un mejor control de evasores. Agradeció el trabajo del Ministerio de Hacienda y de la Asamblea Legislativa que dio como fruto esta ley.
“Los evasores le roban al Estado, le roban a los más pobres (…). Hay que seguir apretando para que nadie se quede sin pagar. Vamos a hacer valer ese músculo del Estado, que ahora cuenta con un nuevo instrumento que es esta ley. No se trata de amenazar, se trata de advertir que las obligaciones que tiene el Estado con las poblaciones de menores ingresos y la necesidad de seguir avanzando para tener una empresa privada más fuerte, más competitiva, con más capacidad para gestionar el desarrollo del país pasa por la responsabilidad fiscal, como se ha comprobado en los países más desarrollados”, expresó el Presidente.
ALCANCES DE LA LEY- Obligación a todo establecimiento comercial o de servicios de contar con medios para realizar pago electrónico (tarjetas de débito o crédito) por los bienes o servicios que en estos se vendan.
- Creación de un registro centralizado de beneficiarios finales
- Obligación de estar al día con el pago de obligaciones tributarias para poder contratar con cualquier institución del Estado o gestionar ante estas una autorización, permiso, concesión o ser contratado por una de ellas.
- Desincentiva el uso de suplantadores en las personas jurídicas para diluir las utilidades de una persona física o jurídica y con ello disminuir o evadir el pago de impuestos.
- Previene formas de delincuencia organizada como legitimación de capitales, terrorismo y narcotráfico, gracias a los controles cruzados con el Instituto Costarricense sobre Drogas (ICD).
- Plantea posibilidad de devolverle al consumidor hasta 1 punto porcentual del impuesto de ventas, cuando el pago se hubiese realizado mediante medios de pago electrónicos.
- Reduce costos de la Administración Tributaria por concepto de notificaciones, debido a que se pasa a un sistema automatizado de Buzón Electrónico.
- Implementa sanciones para los asesores tributarios por las maniobras ilegales que estos ejecuten para evitar o reducir el monto que deben pagar los contribuyentes.
- Mediante un procedimiento expedito (medidas provisionalísimas) llevado ante un juez de garantías, permite el aseguramiento de bienes y activos que respalden el eventual pago de tributos, intereses y sus sanciones, en caso de que así se determine.
- Dota a la Administración Tributaria de mecanismos más expeditos para efectuar el cobro de tributos.
IMPORTANCIA DE CONTAR CON UN REGISTRO ÚNICO DE BENEFICIARIOS La opacidad en algunas sociedades anónimas ha sido utilizada por personas inescrupulosas para fines variados como ocultar bienes, lavar dinero producto del crimen organizado o constituir varias sociedades y entre ellas simular tener deudas, para luego disminuir la cantidad de dinero que deben tributar.
El Registro de Beneficiarios Finales, como cualquier otra herramienta de transparencia fiscal, ayudará a Costa Rica a cumplir con los más altos estándares internacionales fijados por la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) y el Grupo de Acción Financiera (GAFI).
Esto tiene implicaciones sumamente positivas como por ejemplo evitar que al país se le incrementen las retenciones que se le fijan para los créditos internaciones o que, al contar la Administración Tributaria con mejores herramientas para poder cobrar bien los impuestos, las tasas de estos puedan irse disminuyendo progresivamente, debido a que sería menor la cantidad de dinero necesaria para solventar las consecuencias ocasionadas por la evasión fiscal.
Consulte aquí la Ley Para Mejorar la Lucha Contra el Fraude Fiscal:
Ley-9416]]>