per se” una preocupación, pues se ha venido detectando la existencia de una serie de actos administrativos dictados por la CONAI en los cuales se da un claro favorecimiento hacia el abogado independiente. Sobre el exfuncionario de apellidos García Anchía, este fue el Director Jurídico y Apoderado General Judicial del Instituto de Desarrollo Agrario y posterior Instituto de Desarrollo Rural (Inder), hasta el año 2014 y era quien llevaba el proceso judicial precitado, mismo por el que se debió pagar más de ¢7 mil millones de colones con fondos del Gobierno Central y del mismo Inder. Estos son fondos que aportan todos los y las costarricenses. El Lic. García Anchía nunca contestó la demanda y por tal razón, se nos declaró rebeldes y se tuvieron por ciertos todos los hechos que a la postre utilizó el Lic. Briceño para declarar con lugar ese proceso, en contra del IDA y la CONAI, mediante la Sentencia No. 851-2011 del 2011. Con lo expuesto, se aprecian una serie de omisiones por parte de quien debió haber ejercido la defensa técnica de los intereses institucionales y queda clara la falta al deber de probidad y la negligencia en el ejercicio de las funciones del ex Director de Asuntos Jurídicos del hoy Inder. Para el Inder, se podría estar ante los delitos como: Tráfico de influencias, Patrocinio infiel, Prevaricato, Asociación Ilícita, Enriquecimiento ilícito, y corrupción de jueces. Sin embargo, esa labor de calificación final le corresponderá al Ministerio Público una vez que estudie la denuncia presentada, por lo que el destino que corra la misma ahora dependerá de la investigación y análisis que se haga por parte de esa instancia judicial.]]>