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La construcción de un canal seco es una necesidad estratégica que Costa Rica tendrá que determinar y decidir en los próximos años.
Esta iniciativa está en una primera fase de postulación que requiere cumplir todos los requisitos que establece la legislación costarricense y debe pasar por el tamiz de la ciudadanía, sectores y especialistas.
El Poder Ejecutivo le ha indicado a las autoridades correspondientes que no favorecerá ni promoverá ningún proyecto que afecte o lesione el patrimonio natural de Costa Rica, incluyendo los parques nacionales, áreas silvestres protegidas y los sitios categorizados como Patrimonio Mundial de la Humanidad ante la UNESCO.
Por estas razones se le ha girado la instrucción específica al Consejo Nacional de Concesiones (CNC), para que advierta a los interesados sobre esta disposición, la cual tiene su principal fundamento en el artículo 50 de la Constitución Política, según el cual el Estado garantiza, defiende y preserva el derecho de un ambiente sano y ecológicamente equilibrado.