Medidas se incluyen en últimas propuestas de modificación a proyecto de lucha contra el fraude.Gobierno no apoyará ninguna propuesta que debilite lucha contra el fraude. El Ministerio de Hacienda alertó hoy sobre la posible despenalización del delito de fraude tributario a la que se enfrentaría el país, si se diera curso a las más recientes propuestas de modificación al proyecto de lucha contra el fraude, que pretenden algunos asesores tributarios.
El llamado de atención fue hecho esta tarde en conferencia de prensa por las autoridades del Ministerio de Hacienda y el fiscal de delitos económicos y tributarios, Warner Molina, quienes externaron su preocupación ante la propuesta de reforma a los artículo 90 y 92 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios, lo que implicaría modificar hacia la baja las penas por el delito de fraude.
La pena de prisión por el delito de fraude fiscal va de los 5 a los 10 años y se estableció desde 1995 en la Ley de Justicia Tributaria. Al estar fijada esta pena, lo único que permite la legislación procesal a los defraudadores fiscales es realizar una reparación integral del daño, lo cual significa que el acusado tiene que pagar de manera integral el daño causado, o en su defecto, someterse al juicio.
“El riesgo de ir a juicio para un acusado por el delito de fraude a la Hacienda Pública, significa que en el supuesto de ser condenado, no tendría derecho a ningún beneficio de ejecución condicional. Ese riesgo potencial ha servido para que muchos de los acusados procuren una reparación integral del daño, lo cual se traduce en una pronta y efectiva recuperación de los dineros de los tributos defraudados.” explicó Priscilla Piedra, directora general de Hacienda.
A manera de ejemplo, Hacienda informó que en este momento la Fiscalía de Delitos Económicos contabiliza un total que supera ¢17.228 millones por todos los casos acusados, y a la fecha, por reparación integral del daño se han recuperado más de ¢8.400 millones a favor del Fisco.
“Bajar el mínimo de la pena, no solo afectaría los 24 procesos que se encuentran activos en el Ministerio Público, sino que también, en la actualidad, el delito de fraude se constituye en delito precedente del delito de legitimación de capitales, por lo que bajar la sanción, implica, necesariamente, que se pierda esta condición. Esto por cuanto, para ser considerado delito precedente, la conducta sancionada debe tener una pena mínima de cuatro años”, agregó Carlos Vargas, director general de Tributación.
La propuesta de modificación al proyecto incluye una serie de requisitos para demostrar que existió solo en la defraudación acusada, lo que para las autoridades hacendarias no tiene sentido, debido a que las maniobras fraudulentas son, por definición, «dolosas», y esto ya se encuentra implícito en la maniobra engañosa.
Otra de las modificaciones se refiere a la posibilidad de dar potestad a la Administración Tributaria para que, simplemente haciendo alusión a criterios de oportunidad y conveniencia, pueda retirar denuncias penales, con lo cual podría producirse a futuro la impunidad de los casos.
“Incorporar una propuesta como esta podría significar incluso la posibilidad de que autoridades políticas pueda intervenir en las decisiones de la Administración Tributaria, lo que resulta sumamente peligroso para la Administración y para los propios contribuyentes”, expuso Fernando Rodríguez, viceministro de Ingresos.
El funcionario informó, que otra propuesta de modificación implica también que el Ministerio Público deberá limitarse a los hechos y conductas denunciadas por la Dirección General de Tributación, lo cual es una grave limitación a las potestades de ese ente, debido a que le imposibilitaría, en su condición de acusador, realizar una investigación independiente de la denuncia, restringiendo sus competencia de manera injustificada.
Finalmente, las autoridades de Hacienda externaron su oposición a la propuesta que modifica un aspecto relacionado con la factura electrónica y la imposibilidad que se le crea a la Administración Tributaria de desconocer aquellos gastos que no encuentran respaldo en comprobantes oficiales.
“Es preciso contar con documentación que en forma adecuada relacione los gastos con la actividad económica. Pasar a un sistema donde el respaldo se puede sustentar con un simple pago por vía bancaria, impide lograr la vinculación adecuada, toda vez que por esta vía no va a existir forma de constatar la vinculación del gasto, y adicionalmente, es un mecanismo que fomenta la informalidad”, afirmó el director general de Tributación.
El primer vicepresidente y ministro de Hacienda, Helio Fallas, hizo un llamado a la reflexión sobre las implicaciones que propuestas como estas tendrían sobre la Hacienda Pública, sobre todo por la despenalización del delito tributario, que claramente favorecería al defraudador e impactaría el combate contra la evasión, punto en el que esta Administración no está dispuesta a ceder.]]>