Reforma de los artículos 33, 33bis, 69bis y 86 de la Ley sobre Estupefacientes, Sustancias Psicotrópicas, drogas de uso no autorizado, actividades conexas, legitimación de capitales y financiamiento al terrorismo, 30 de abril de 1998, y sus reformas, aprobada el jueves anterior por la Asamblea Legislativa y sancionada por el Ejecutivo el mismo día. Estas acciones se enmarcan dentro del Decreto Ejecutivo Nº 39077-MP-RREE-SP-H Plan de Acción de la Estrategia Nacional de lucha contra la Legitimación de Capitales y el Financiamiento al Terrorismo de agosto del 2015, el cual incorporaba las acciones para acatar las recomendaciones dadas por GAFILAT en julio del mismo año.
De este plan queda pendiente la aprobación del Proyecto de Ley Nº 19.245 Ley para mejorar la lucha contra el fraude fiscal, legislación que proporcionará nuevas herramientas para transparentar los beneficiarios de las entidades jurídicas, requisito también exigido por GAFILAT. De igual forma se espera la aprobación del Proyecto de Ley Nº 19.951 relacionado a actividades y profesiones no financieras designadas, y la iniciativa Nº 19.571 Ley especial de extinción de dominio.
La semana de trabajo ante GAFILAT tiene dos momentos claves, el primero de ellos se efectuará el martes 2 de agosto cuando los encargados nacionales participarán en la reunión del Grupo de Trabajo de “Evaluaciones Mutuas” donde expondrán el avance país ante representantes de organismos internacionales como Fondo Monetario y Banco Mundial, delegados de gobiernos latinoamericanos y personeros GAFILAT. Esto con el fin de fundamentar la información que será presentada el viernes 5 de agosto ante el Pleno de Representantes GAFILAT, quienes decidirán la calificación de Costa Rica en las distintas variables y resolverán si nuestro país entra o no a la lista de naciones no cooperantes en la lucha contra el lavado de activos y financiamiento al terrorismo (lista gris).
“El Gobierno trazó un plan de trabajo desde agosto del 2015 con el Decreto Ejecutivo Nº 39077-MP-RREE-SP-H el cual hemos ido ejecutando a paso firme en la fase administrativa, y gracias al apoyo de las y los diputados, con la aprobación de la nueva legislación, tendremos argumentos más robustos que exponer ante GAFILAT. Aún tenemos metas pendientes, como la aprobación de Ley de Lucha contra el Fraude Fiscal, no obstante esperamos demostrar que los logros obtenidos hasta el momento son representativos del compromiso que nuestro país tiene y tendrá para combatir el terrorismo y el lavado de activos” afirmó el Ministro de la Presidencia, Sergio Alfaro.
El Grupo de Acción Financiera de Latinoamérica (GAFILAT) es una organización intergubernamental de base regional que agrupa a 16 países de América del Sur, Centroamérica y América de Norte para combatir el lavado de dinero y la financiación del terrorismo, a través del compromiso de mejora continua de las políticas nacionales contra ambos temas y la profundización en los distintos mecanismos de cooperación entre los países miembros. Tabla de Cumplimiento Técnico NC: No Cumplido PC: Por Cumplir MC: Mayoritariamente Cumplido C: Cumplido
Recomendación | Calificación | Fundamento de la solicitud |
1. Evaluación de los riesgos y aplicación de un enfoque basado en el riesgo | PC a MC | · Costa Rica cuenta desde agosto del 2015 con una Estrategia Nacional que se está implementando. |
2. Cooperación y coordinación nacional | PC a MC | · Costa Rica cuenta con políticas anti lavado de activos y contra el financiamiento al terrorismo a escala nacional que tienen en cuenta los riesgos identificados.
· Se ha creado y puesto en funcionamiento la Comisión Técnica Interinstitucional contra la legitimación de capitales y el financiamiento al terrorismo.
· Costa Rica ha aprobado la Ley que incluye el financiamiento a la proliferación de armas de destrucción masiva. |
3. Delito de lavado de activos | MC a C | · Se adecuó la tipificación del delito de financiamiento al terrorismo.
· Se aclaró lo referente a la tipificación del delito de tráfico de migrantes. |
5. Delito de financiamiento del terrorismo | PC a C | · Costa Rica ha aprobado la Ley que cumple con todos los criterios de la recomendación. |
6. Sanciones financieras específicas relacionadas al terrorismo y su financiamiento | PC a C | · Costa Rica ha aprobado la Ley que cumple con todos los criterios de la recomendación.
· Costa Rica ha aprobado la reglamentación que abarca todos los criterios de la recomendación. |
7. Sanciones financieras específicas relacionadas a la proliferación | NC a C | · Costa Rica ha aprobado la Ley que cumple con todos los criterios de la recomendación.
· Costa Rica ha aprobado la reglamentación que abarca todos los criterios de la recomendación. |
15. Nuevas tecnologías | NC a C | En el artículo 3 de las modificaciones a la “Normativa para el Cumplimiento de la Ley 8204”; se establecen requisitos para las instituciones financieras en materia de evaluación de riesgos de lavado de activos y financiamiento al terrorismo en el desarrollo de nuevos productos/prácticas y uso de nuevas tecnologías, ni medidas para el manejo y mitigación de los riesgos. |
16. Transferencias electrónicas | PC a MC | El artículo 19 bis de las modificaciones a la “Normativa para el Cumplimiento de la Ley 8204” se ha establecido un umbral de USD 1000 para los requisitos referidos a las transferencias electrónicas. |
17. Dependencia en terceros | NC a C | En el artículo 7 de las modificaciones a la “Normativa para el Cumplimiento de la Ley 8204” se incluyen disposiciones sobre la dependencia en terceros en el marco de las obligaciones anti lavado de activos y contra el financiamiento al terrorismo. |
19. Países de mayor riesgo | PC a MC | En el párrafo final del artículo 14 de las modificaciones a la “Normativa para el Cumplimiento de la Ley 8204”, artículo referido a los clientes de alto riesgo, se está incluyendo lo siguiente: “(..) Son considerados clientes de alto riesgo y estarán sometidos a un régimen de debida diligencia reforzada, eficaz y proporcional a los riesgos, aquellos clientes procedentes de países para los cuales GAFI y otros organismos internacionales reconocidos en materia de legitimación de capitales y financiamiento al terrorismo, hayan hecho un llamado en tal sentido. |
20. Reporte de operaciones sospechosas | PC a MC | · Costa Rica ha modificado el artículo 25 de la Ley 8204 que cumple con la recomendación.
· Se adecuó la tipificación del delito de financiamiento al terrorismo.
· Se aclaró lo referente a la tipificación del delito de tráfico de migrantes. |
21. Revelación (Tipping-off) y confidencialidad | MC a C | Se ha modificado el artículo 25 de la ley 8204, estableciendo la prohibición expresa de comunicar al cliente (persona física o jurídica) la emisión de un reporte de operaciones sospechosas. |
29. Unidades de inteligencia financiera | PC a MC | · Costa Rica ha modificado el artículo 25 de la Ley 8204 que cumple con lo señalado.
· Se ha elaborado la propuesta de estructura administrativa para la Unidad de Inteligencia Financiera del (ICD) que recoge las observaciones formuladas. |
Tabla de Aplicación Efectiva1. Riesgo, Política y Coordinación | Moderado a Substancial |
1. Costa Rica ha aprobado y está implementando su Estrategia Nacional basada en la Evaluación Nacional de Riesgos.
2. La Comisión Técnica Interinstitucional contra la Legitimación de Capitales y el Financiamiento al Terrorismo está llevando a cabo las correspondientes actividades de coordinación nacional. 3. Los resultados del diagnóstico de riesgos de lavado de activos y financiamiento al terrorismo han sido utilizados para realizar un conjunto de modificaciones a la Normativa prudencial 12-10 de las instituciones financieras. 4. Aprobación del proyecto de Ley 19.909 sobre el Financiamiento al Terrorismo. |
4. Medidas Preventivas | Moderado a Substancial |
1. Se han adoptado medidas específicas respecto de la inclusión financiera
2. Se ha modificado la normativa prudencial respecto de lo supervisores financieros 3. Proyecto de ley No. 19.951 que establece las obligaciones para las actividades y profesiones no financieras designadas |
5. Personas y Estructuras jurídicas | Bajo a Moderado |
1. Resolución emitida por la Unidad de Inteligencia Financiera del ICD sobre personas jurídicas
2. Proyecto de Ley de lucha contra el Fraude Fiscal No. 19.245 |
6. Inteligencia Financiera | Moderado a Substancial |
1. Modificación del artículo 25 de la Ley 8204 sobre los reportes de operaciones sospechosas
2. Esfuerzos realizados para dotar a la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) del ICD de recursos humanos y materiales
3. Mejora de los mecanismos de coordinación de la UIF con el Ministerio Público, el Poder Judicial y la OIJ
4. Resolución emitida por la UIF sobre personas jurídicas
5. Proyecto de Ley sobre las personas jurídicas (No. 19245Lucha contra el Fraude Fiscal), incluye organizaciones sin fines de lucro
6. Actividades de capacitación |
7. Investigación y Procesamiento de Lavado de Activos | Moderado a Substancial |
1. Actividades de capacitación del Ministerio Público 2. Mejoras en cuanto a la dotación de recursos humanos y materiales al OIJ |
8. Decomiso | Moderado a Substancial |
1. Investigaciones relevantes en las cuales Costa Rica ha participado en investigaciones patrimoniales conjuntas realizadas sistemáticamente y adoptadas por distintos órganos involucrados |
9. Investigación y Procesamiento de Financiamiento al Terrorismo | Moderado a Substancial |
1. Costa Rica ha aprobado la Ley que cumple con todos los criterios de la recomendación (Proyecto de Ley 19.909)
2. La UIF ha generado información, alertas e investigaciones sobre casos que podrían activar alertas sobre financiamiento al terrorismo |
10. Sanciones Financieras y Medidas Preventiva de Financiamiento al Terrorismo | Bajo a Substancial |
1. Costa Rica ha aprobado la Ley que cumple con todos los criterios
2. La UIF ha generado información, alertas e investigación sobre casos que podrían activar alertas sobre financiamiento terrorismo.
3. Acción de congelamiento inmediato sirios, documentos emitidos por la UIF sobre señales de alerta, actividades de capacitación
4. Proyecto de Ley No. 19245 sobre Fraude Fiscal incluye los temas de transparencia y beneficiario final de las personas jurídicas y otras estructuras como las organizaciones sin fines de lucro |
11. Sanciones Financieras de Financiamiento a la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva | Bajo Substancial |
Costa Rica ha aprobado la Ley que cumple con todos los criterios de la recomendación (Proyecto de Ley 19.909) |
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