Ley protegerá a vecinos de zonas catalogadas como especiales

  • Establece una moratoria de 28 meses para que no se realicen desalojos
  • Normativa no creará derechos ni suspenderá procesos en trámite
  • El Presidente de la República Luis Guillermo Solís Rivera firmó esta mañana la Ley de Protección a los ocupantes de las zonas clasificadas como especiales, ya sean zonas fronterizas, territorios costeros, zonas marítimo terrestre y del Patrimonio natural del Estado. Esta nueva norma consiste en una moratoria de 28 meses, durante la que los vecinos de estas zonas quedan protegidos de desalojos, suspensión de actividades, demolición de obras y suspensión de proyectos. La ley 9373 incluye a todos sus actuales ocupantes, a título precario, permisionarios o concesionarios, sin suspender los procesos judiciales y administrativos en trámite, siempre y cuando no sean por daño ambiental, peligro o amenaza de daño al medio ambiente. La aplicación de esta moratoria estará sujeta a un dictamen técnico por parte del Ministerio de Ambiente y Energía (MINAE) cuando se trate de zonas declaradas patrimonio natural del Estado, y podrá ser utilizada por las municipalidades en las zonas de su competencia. Además, con esta ley no se está favoreciendo la constitución de derechos a favor de los ocupantes de estas zonas; por ello, los habitantes no podrán realizar actividades o proyectos en estos espacios y el Estado, por su parte, no permitirá que se den nuevas ocupaciones. Durante la vigencia esta moratoria, el Estado deberá tomar las medidas óptimas para el ordenamiento de las zonas referidas en la presente ley. Para el Presidente de la República Luis Guillermo Solís, esta ley permitirá crear un espacio para dar tranquilidad a los habitantes de estas zonas especiales, mientras se resuelven aspectos de orden administrativo y legal.  ]]>