Ministerio de Seguridad pide compromiso y respeto a los organizadores del fútbol nacional

Tras los bochornosos hechos de violencia que se presentaron anoche en el estadio de Cartago, el Ministerio de Seguridad Pública aclara:

El departamento de Planes y Operaciones solicitó el lunes 1° de febrero durante el congresillo de seguridad, que se realizó en el estadio Fello Meza, en horas de la tarde, 120 oficiales de seguridad privada para el partido Cartago-Heredia.

La propuesta inicial por parte del Cartaginés fue de aportar únicamente 50 oficiales de seguridad privada, a lo que el propio director regional de la Fuerza Pública en Cartago, Comisionado Milton Alvarado, quien estaba ahí presente, se opuso.

Durante varios minutos trataron de negociar la cantidad de oficiales, sin embargo conscientes de que la seguridad no se negocia, la Fuerza Pública insistió en que 120 agentes era la cantidad necesaria en aras de brindar la debida protección a los aficionados.

Como no se logró ese número indicado, pues informaron que contratarían únicamente a 80 oficiales para dicho evento, el Ministerio de Seguridad Pública optó por no aprobar el plan de seguridad de dicho encuentro deportivo.

No cumplir lo solicitado acarrea una violación a la Ley de Regulación de los Servicios de Seguridad Privados, y a la Ley de Creación del Instituto del Deporte y Recreación.

El artículo 41 de esta normativa, que regula los servicios de seguridad privados, es claro: “las personas jurídicas que brinden seguridad en eventos masivos, deberán tener como mínimo quince agentes de seguridad inscritos ante la Dirección; de lo contrario, no se les otorgará el permiso. Asimismo, deberán cumplir todas las directrices emitidas por el Departamento de Planes y Operaciones de la Fuerza Pública en coordinación con la Dirección”.

Además en su artículo 6º, agrega: “Los servicios de seguridad privados que presten las personas físicas o jurídicas para proteger la vida y los bienes de otras, solo podrán suministrarse previa autorización de la Dirección de los Servicios de Seguridad Privados. Prohíbase la existencia o el funcionamiento de grupos particulares armados, de cualquier índole, que no estén autorizados ni cumplan los requisitos ordenados por estas normas.”

Por su parte la Ley de Creación del Instituto del Deporte y Recreación, ICODER, en el artículo 78 establece: “Las entidades deportivas y quienes tengan en administración instalaciones deportivas, deberán cumplir con las disposiciones emanadas de las entidades públicas correspondientes en lo referente al cumplimiento de seguridad y salud”.

Les confirmamos también, que esta mañana fue presentado el oficio correspondiente con la narración de los hechos suscitados anoche, ante el Fiscal Adjunto de Cartago, Roger Solís Corea; en ese documento se agrega la minuta de la reunión que se efectuó el lunes en el estadio y las cartas enviadas tanto a Daniel Vargas, Presidente del Cartaginés, como a Julián Solano, presidente de UNAFUT, en ellas se les informa que en el plan de seguridad presentado no se especifica cual será el tratamiento de las barras por parte de los agentes de seguridad privada y que la cantidad de agentes presentados en el Plan de Emergencia y Evacuación no se ajusta a la realidad del encuentro.

Queremos aclarar, una vez más, que en el tanto se incumplan las normas esenciales relacionadas con la seguridad de estas actividades masivas, por principio de legalidad, el Ministerio de Seguridad Pública no participará en estos encuentros que se realizan al margen de la normativa vigente

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