La firma de la Reforma Procesal Laboral, surgida de un gran acuerdo nacional, es el mayor avance en la legislación que protege y fortalece los derechos de la población trabajadora desde la promulgación del Código de Trabajo en 1943. En un acto solemne este 25 de enero el Presidente de la República Luis Guillermo Solís Rivera, el Ministro de Trabajo y Seguridad Social, Víctor Morales Mora y el Ministro de la Presidencia, Sergio Alfaro Salas, firmaron la Ley Nº 9343 luego de ser aprobada en la Asamblea Legislativa el 14 de diciembre 2015. El acto contó con la presencia de la Presidenta de la Corte Suprema de Justicia, Zarella Villanueva Monge; el Presidente de la Asamblea Legislativa Rafael Ortiz Fábrega, quienes junto a representantes de los sectores sindicales, empresariales, productivos, legisladores, autoridades nacionales y la, Directora Sub Regional de la OIT para Centroamérica y República Dominicana, Carmen Moreno acompañaron este acto histórico. La firma de esta Ley en un ejemplo de un país que cree en el poder del diálogo social y en los acuerdos entre los diferentes sectores económicos, jurídicos, laborales e institucionales. “Costa Rica tiene una potente historia de conquistas y acuerdos. La firma de la Reforma Procesal Laboral, que sellamos hoy como un gran acuerdo nacional, es la herencia que con responsabilidad proyectamos, para las generaciones de hoy y de mañana, tengan mejor garantizados sus derechos laborales. Estamos en el momento en que debemos a la Patria seguir fortaleciendo los acuerdos necesarios como el que hemos postergado en materia fiscal. Es imperativo este acuerdo para garantizar una sociedad que tenga la fuerza necesaria para seguir impulsando bienestar, desarrollo, educación, salud, seguridad, vivienda; que tenga las condiciones para generar empleo de calidad y reducción de la pobreza. Es el momento de una Costa Rica grande, que debate, que escucha y que aporta soluciones”, indicó el Presidente Luis Guillermo Solís Rivera. El Ministro de Trabajo, Víctor Morales Mora, resaltó la importancia de un verdadero diálogo social, de una comunión tripartita en búsqueda de un clima de paz y acuerdos en las relaciones obrero-patronales. “Hemos esperado mucho tiempo para ver hecha realidad una Ley que desde hace varias décadas era imprescindible para un país de derecho como el nuestro. Felicito y agradezco a los diputados y diputadas de la República por el esfuerzo hecho, así como a los representantes del sector sindical y patronal en su apertura al diálogo y en el compromiso por brindar a nuestra fuerza laboral una Ley acorde con las características actuales del mercado laboral”, expresó. Beneficios de la RPL Dentro de los cambios que conlleva esta Reforma destaca el tema de la oralidad, gracias a la cual se espera bajar el tiempo de duración de los juicios laborales hasta más de dos años (hoy se pueden tardar hasta tres años y con la RPL se tardarían pocos meses). Aquellos trabajadores que su salario no supere los 902 mil colones (dos salarios del auxiliar judicial administrativo), tendrán derecho a una defensa laboral gratuita que los acompañará durante el proceso de juicio laboral, este recurso será aportado por el Poder Judicial. En caso de despido, el empleador o la empleadora solo podrá alegar como hechos justificantes de la destitución los indicados en la carta de despido entregada a la persona trabajadora, es decir, en ningún caso, el patrono podrá alegar situaciones diferentes a las expresadas en la carta de despido. Se establece un capítulo especial en los casos de discriminación, entre otras cosas, las personas trabajadoras que desempeñen en iguales condiciones un trabajo igual gozarán de los mismos derechos, en cuanto a jornada laboral y remuneración, sin discriminación alguna. La Reforma Procesal Laboral entrará en vigencia 18 meses después de su publicación.]]>