Poder Ejecutivo respondió a Sala IV sobre FIV 
y solicitó rechazar de plano la acción

  • Presidente y ministros reiteraron que Costa Rica está obligada a cumplir con sentencias de Corte Interamericana de Derechos Humanos por obligación constitucional
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    Presidencia, 3 de noviembre de 2015. El presidente Luis Guillermo Solís y los ministros Sergio Alfaro de la Presidencia y Fernando Llorca de Salud contestaron la audiencia escrita solicitada por la Sala Constitucional sobre Fecundación In Vitro (FIV), en la que reafirmaron lo actuado por el Gobierno y solicitaron rechazar de plano la acción que se presentó contra el Decreto Ejecutivo que reguló esta práctica.

    La audiencia es parte del proceso realizado por los magistrados para decidir sobre la acción 15-13929, presentada por cuatro diputados contra el Decreto Ejecutivo 39210-MP-S, que autorizó la implementación de la FIV en el país.

    Los funcionarios del Gobierno contestaron los alegatos de la acción que se interpusieron contra el Decreto Ejecutivo, promulgado el 11 de setiembre del 2015 para evitar que el Estado costarricense incumpliera la sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, que ordenó al país regular la FIV.

    El Gobierno solicitó rechazar el recurso de plano, ya que los accionantes no argumentaron cómo se afecta un interés difuso, debido a la implementación de la FIV por parte de la CCSS. Para los jerarcas, los diputados tampoco demostraron legitimación institucional en este tema.

    Con respecto a los alegatos de los diputados, se argumentaron seis puntos: no es factible cuestionar la sentencia de la Corte Interamericana del 28 de noviembre del 2012, como lo hicieron los legisladores, pues el fallo es definitivo, inapelable y de carácter obligatorio. Para Costa Rica, la obligación de cumplir con la sentencia es un asunto de orden constitucional.

    No se afectó el principio de participación ciudadana para la emisión del decreto, que atendió las consultas establecidas por ley, ni se modificó la regulación vigente del Derecho de Familia respecto a la paternidad y a la filiación.

    Los funcionarios rechazaron que se violara el derecho a la vida, ya que este conflicto jurídico fue resuelto por la Corte Interamericana de Derechos Humanos en su sentencia del 28 de noviembre del 2012.

    Tampoco se afectó el principio de separación de Poderes y reserva de ley, ya que el Poder Ejecutivo emitió el Decreto Ejecutivo en acatamiento de una sentencia de la Corte, y el Decreto se enmarca dentro de las competencias institucionales del Poder Ejecutivo, de emitir reglamentos de servicio.

    Finalmente, los jerarcas rechazaron que se estuviera afectando el principio de autonomía de la Caja Costarricense de Seguro Social, ya que el Estado está obligado a brindar asistencia médica para atender la infertilidad, como enfermedad del sistema reproductivo. No se controló ni alteró la autonomía financiera y de gobierno de la CCSS.

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