El presidente Luis Guillermo Solís firmó esta tarde el decreto ejecutivo que regula y autoriza la realización de la técnica de reproducción asistida de Fecundación In Vitro (FIV) y transferencia embrionaria que sometió a consulta de entidades médicas la semana pasada.
El Gobierno presentó la propuesta de decreto el 3 de setiembre y lo envió a consulta con la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS) y el Colegio de Médicos. Las observaciones de estas organizaciones se consideraron para el texto final.
Con este decreto, se cumple con la sentencia emitida en el 2012 por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) en la que consideró que Costa Rica estaba afectando los derechos de las familias que deseaban acceder a esta técnica. El decreto garantiza la vigencia plena de los derechos humanos en Costa Rica.
El decreto autoriza la técnica para atender la condición de infertilidad en parejas o mujeres mayores de edad, y prohíbe el desecho, la comercialización, la experimentación, la selección genética, la fisión, la alteración genética, la clonación, la inseminación post mortem y la destrucción de los óvulos fecundados.
Se permite la transferencia de un máximo de dos óvulos fecundados, y se autoriza únicamente la cantidad de óvulos estrictamente necesaria para obtener el par requerido.
Solo pueden ser donadores de células reproductivas los mayores de edad, que no hayan sido declarados incapaces en la vía judicial. Tanto los establecimientos autorizados como el Ministerio de Salud llevarán un registro de los donantes.
El decreto determina que el Ministerio de Salud debe inspeccionar y controlar lo relacionado con esta materia, la CCSS implementar la aplicación técnica y el Colegio de Médicos de Costa Rica se encargará de la fiscalización de la práctica ética y la buena práctica médica.
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