Reformas a Renta y Ventas se enviarán esta semana al Congreso

  • Proyectos forman parte de las acciones del para mejorar la situación fiscal del país, seis más ya se encuentran en la Asamblea Legislativa
  • El IVA garantiza una mayor progresividad, no afectará al 40% de los hogares de menores ingresos que registra el INEC.
  • El 97% de los asalariados no tendrá ninguna afectación en las tarifas sobre las que se cobra el impuesto sobre la renta.
  • Como parte de las acciones que lleva a cabo el Gobierno para mejorar la situación fiscal del país, el Ejecutivo enviará esta semana a la Asamblea Legislativa los proyectos de reforma a las Leyes del Impuesto sobre la renta y del Impuesto General sobre las Ventas.

    Las propuestas tienen como objetivos garantizar sostenibilidad de las finanzas públicas en el largo plazo, hacer el sistema más justo para que quien tiene más pague más, introducir mecanismos automáticos de control, cerrar portillos de evasión y elusión, recuperar la capacidad financiera del Gobierno Central y modernizar la legislación.

    Ambas propuestas incluyen recomendaciones de ciudadanos, grupos organizados, especialistas, organizaciones e instituciones, que hicieron llegar sus observaciones y sugerencias a Hacienda, durante la puesta en consulta pública de las dos primeras propuestas del Gobierno para reformar ambas leyes.

    Así lo comunicaron hoy el primer Vicepresidente y ministro de Hacienda, Helio Fallas y los viceministros de esa Cartera, Fernando Rodríguez y José Francisco Pacheco en conferencia de prensa, durante la cual, el Jerarca de Hacienda se refirió al objetivo del Estado de mejorar la calidad de vida de la población mediante la provisión de servicios políticos, sociales, económicos, de seguridad y ambientales, entre otros, y también a la importancia de los impuestos para garantizar estos fines y para conservar y mejorar las condiciones de vida de toda la población.

    “Los proyectos que estaremos enviando esta semana se suman a los seis que ya se encuentran en la corriente legislativa y que tienen como objetivo hacer más eficientes y eficaces los controles del gasto, la evasión fiscal y el contrabando, así como a una serie de acciones, directrices y decretos que ya hemos implementado para hacer un mejor el uso de los recursos públicos. Concluimos de esta forma la segunda de las tres etapas que hemos establecido en la ruta hacia el fortalecimiento de la Hacienda Pública, esperamos que la discusión que se genere para la aprobación de estos y de los demás proyectos puestos en la corriente legislativa sea pronta y sana, por el bien del país” expuso Fallas.

    Al referirse a ambas propuestas, el Viceministro de Ingresos, informó que en ventas se sustituye el impuesto actual por el Impuesto al Valor Agregado (IVA), se establece una tarifa escalonada de 14% para el primer año a partir del a vigencia de la Ley y 15% a partir del segundo. Salvo ciertas excepciones como los productos básicos de consumo, la educación privada y los alquileres por debajo de un salario base (hoy en ¢403.400), así como el consumo de electricidad y agua hasta cierta cantidad, se ampliará el cobro del impuesto a los demás bienes y servicios.

    “El IVA no afectará al 40% de los hogares de menores ingresos que registra del INEC, a los que se devolverá el impuesto pagado mediante un mecanismo electrónico, de acuerdo con el registro de Sistema Nacional de Información y Registro Único de Beneficiarios (SINIRUBE) que conforma el IMAS. Este último factor, garantiza una mayor progresividad del impuesto. También se devolverá el impuesto a quienes paguen la consulta médica privada con tarjeta, pues el fin último en este caso, es estimular el pago por medios electrónicos para efectos de control”, explicó Rodríguez. Para la implementación de este mecanismo, el Gobierno tendrá un período máximo de 24 meses desde la entrada en vigencia de la ley.

    Otra novedad es que por primera vez, esta iniciativa introduce un impuesto verde de ¢10 colones a los envases plásticos no retornables (ver adjunto)

    En cuanto a la propuesta de renta el viceministro informó que introduce mayor progresividad de las rentas personales, menos portillos a la evasión y elusión y la aplicación de estándares de la OCDE. Se eliminan los mecanismos que facilitan la elusión en el impuesto de renta a las personas jurídicas, se establece un nuevo periodo fiscal del 1 de enero al 31 de diciembre del mismo año, la declaración y pago debe realizarse dos meses y quince días después de haber finalizado este periodo, los pagos parciales de este impuesto se realizarán en junio, setiembre y diciembre.

    Con esta propuesta se mantiene el gravamen a empresas educativas, independiente de la forma jurídica utilizada para prestar el servicio: se gravan todas las entidades deportivas, sociedades anónimas deportivas y similares, que obtengan utilidades, sin importar la forma de asociación o agrupación y quedan sujetas al impuesto las fundaciones y asociaciones distintas a las solidaristas, pero únicamente por la parte proporcional a las actividades lucrativas que realicen y se crean dos nuevos tramos de 20% y 25% de renta a los salarios sobre el monto mínimo exento para gravar los salarios más altos. (ver adjunto)

    “Estas nuevas tarifas sobre el salario solo las pagará el 3% del total de asalariados, el 97% restante no verá ninguna afectación en cuanto a las tarifas de retención, pues los dos tramos se concentrarán en los salarios más altos”, aclaró el viceministro.

    Con el IVA el Gobierno estima una recaudación de 1,33% del PIB, al cabo de tres años, y con la reforma del impuesto sobre la renta se espera un rendimiento de al menos un 0,57% del PIB anual adicional, al cabo de dos años, dependiendo del momento de su aprobación, pero su rendimiento puede ser mayor si se aplican medidas cruzadas con el Proyecto de Lucha contra el Fraude y con la reforma del IVA. A lo anterior se sumaría un 0,19% producto de una modificación de los impuestos al traspaso o de bienes muebles, del 2,5% al 5% y al traspaso de bienes inmuebles, del 1,5% al 3%.

    PREGUNTAS Y RESPUESTAS

    IMPUESTO SOBRE LA RENTA

    ¿Cuáles son las principales novedades que trae la nueva ley del Impuesto sobre la Renta?

    Actualiza el impuesto sobre la renta el cual tiene más de 27 años de ser emitido y que en consecuencia no refleja la realidad económica actual del país dejando exoneradas manifestaciones claras de riqueza.

    El Proyecto se elaboró otorgándole la mayor progresividad, haciendo en consecuencia que quienes más tienen paguen más.

    Los salarios con un exceso de ¢793.000 y hasta ¢2.103.000 pagaran entre el 10% y el 15%, la misma cantidad de impuesto que pagan hoy en día. Entre ¢2.103.000 a ¢4.205.000 pagaran 20% y por encima de ese monto se tributará 25%, estás son alícuotas nuevas por lo que a partir de estos montos se pagará un poco más de impuesto sobre la renta.

    Se reconoce la deducción para personas físicas y asalariados, de sus pagos al seguro de enfermedad y maternidad de la Caja Costarricense del Seguro Social.

    Con esta medida el 97% de los asalariados no sentirá ningún cambio con la nueva ley.

    El nuevo Impuesto sobre la Renta grava con 15% las rentas de capital, como lo son por ejemplo las ganancias obtenidas por traspasos de bienes inmuebles (excepto en el caso de la vivienda habitual).

    Se gravan con 15% las inversiones provenientes del exterior, es decir, aquellas originadas entre otras en depósitos bancarios en el extranjero, al momento en que directa o indirectamente se traigan al país.

    El año fiscal se modifica al año calendario, es decir, del 1 de enero al 31 de diciembre.

    IMPUESTO SOBRE EL VALOR AGREGADO

    ¿Qué es el Impuesto al Valor sobre el Agregado (IVA)?

    Es un impuesto que sustituye al actual Impuesto General sobre las Ventas (IGV).

    El IVA grava todas las ventas de bienes y la prestación de servicios.

    El sistema que aplica el IVA grava cada una de las etapas de producción de bienes o de prestación de servicios, de forma tal que el productor puede deducir el impuesto pagado en cada una de las etapas en donde le añade valor a los bienes o servicios que vende o presta.

    ¿Cuáles son las principales diferencias del IVA con respecto al Impuesto de Ventas?

    El IVA grava por regla, todas las ventas de bienes y la prestación de servicios, a diferencia del IGV que grava las ventas y por excepción algunos servicios. Esto es lo que se conoce como ampliación de la base.

    El IVA introduce un sistema de deducción financiera plena a diferencia del IGV que tiene una deducción financiera parcial.

    Como novedad, el IVA le será devuelto a las personas con menores ingresos y en situación de pobreza o vulnerabilidad, equivalente al 40% de los hogares nacionales.

    Actualmente el Impuesto de Ventas es del 13% y se le aplica a los productos y algunos servicios (como los restaurantes). El IVA se le aplicará a todos los bienes y servicios (excepto algunos que quedan exentos) y será del 14% en su primer año de aplicación y de 15% en el segundo. A diferencia de lo que ocurre con el Impuesto de Ventas, que es pagado por igual por todos los consumidores, con el IVA se devolverá la totalidad del impuesto a las personas de menores ingresos y en condición de vulnerabilidad.

    ¿Cuál es el impacto de la aplicación del IVA en la disminución del déficit fiscal?

    El IVA implicará contar con recursos frescos que significa un 1.33% del PIB, lo cual vendrá a aliviar en gran medida el déficit fiscal, lo cual en conjunto con las demás medidas y proyectos que se proponen provocarán que el País tenga unas finanzas más sanas.

    ¿Qué beneficios trae el IVA para los habitantes de Costa Rica?

    El IVA permitirá al Gobierno tener más recursos para fortalecer la educación pública, dar mejores servicios a toda la población,  pagar deuda y hacer más obras públicas como construir carreteras, , brindar seguridad ciudadana y combatir la pobreza.

    El IVA que se propone es sumamente innovador en el tanto incorpora un sistema de devolución de los impuestos pagados a las personas que se encuentran en condición de pobreza extrema, pobreza y vulnerabilidad.

    Los servicios médicos y educativos privados no se verán afectados por este impuesto.

    ¿Cómo se les devolverá el impuesto a las personas de menores ingresos o en condición de vulnerabilidad?

    El Ministerio de Hacienda hará la devolución mediante un depósito electrónico a una cuenta bancaria del consumidor. Las bases de datos del Ministerio de Hacienda y del Sistema Nacional de Registro Único de Beneficiarios (adscrito al IMAS) estarán interconectadas para estos efectos.

    El Sistema Nacional de Información Social y Registro Único de Beneficiarios creado por la Ley No. 9137, establecerá los beneficiarios, siendo además que el Instituto Nacional de Estadística y Censo (INEC) determinará deciles nacionales de ingreso.

    ¿Por qué se le devuelve al 40% de los hogares de menores ingresos si la pobreza en el país es menor que ese porcentaje?

    Porque también se toma en cuenta a la población vulnerable, aquella que no está en condiciones de pobreza pero que eventualmente podría caer en esa condición ante una situación adversa.

    ¿En qué otras partes del mundo ha sido aplicado este sistema, llamado IVA Personalizado?

    Costa Rica es el primer país en aplicarlo plenamente. El primer intento fue Uruguay, pero con matices.

    ¿Cuándo comenzará a ser aplicada la devolución del IVA a los hogares vulnerables y de menores ingresos?

    Como plazo máximo comenzará a ser aplicado 24 meses después de que la ley entre en vigencia. Mientras tanto se mantendrá la exoneración de la Canasta Tributaria de bienes y servicios establecida actualmente.

    ¿En qué beneficia a los empresarios, productores y oferentes de bienes y servicios en general?

    El IVA es un instrumento que beneficia a las productores, oferentes de servicios y empresarios en general, en el tanto la deducción financiera permite reducir los costos al poder deducir los IVA pagados en cada fase productiva, ya que en caso contrario, esos impuestos pagados pasarían al costo, haciendo más caros los productos y servicios.

    Con mayores ingresos, la calidad y cobertura de los servicios públicos pueden mejorar, ayuda a combatir la pobreza con mayor efectividad y, al reducir el déficit fiscal, hace más estable la situación económica general del país y brindar mejores condiciones al sector productivo y atraer inversión.

    ¿Por qué el IVA puede mejorar la recaudación?

    El IVA amplía la gama de actividades que tributan, reduce las exoneraciones y, al gravar el valor que cada productor añade a un bien o servicio, hace necesario que las y los productores soliciten facturas a sus proveedores para acreditar el impuesto pagado y poder deducirlo.

    ¿Cuáles son algunos ejemplos de servicios que quedan exentos de pagar el IVA?

    Quedan exentos de pagar el IVA, por ejemplo, los servicios de educación, el pago de alquileres inferiores a un salario base de referencia (¢403 400,00 correspondiente a un Oficinista 1 del Poder Judicial), el consumo eléctrico por debajo de hasta 250 Kwh, el consumo de agua potable no embotellado por debajo de hasta 30m3, entre otros.

    ¿Los profesionales liberales deben cobrar el IVA? Sí. Los servicios privados ofrecidos por profesionales como abogados, médicos, dentistas, ingenieros, topógrafos, contadores o economistas, entre otros, deben cobrar el IVA. Sin embargo, estos profesionales también tendrán la posibilidad de mejorar sus deducciones de impuestos al solicitar facturas a sus proveedores. ¿El Estado devolverá a las personas lo que paguen en IVA en consultas médicas? Sí, el Estado devolverá a las personas lo que paguen por concepto de IVA en las consultas médicas privadas, siempre y cuando lo cancelen con tarjeta de débito o crédito y no en efectivo. La devolución se hará a la cuenta bancaria relacionada con la tarjeta y no aplicará para los servicios de hospitalización y cirugía. ¿Es cierto que como complemento a la Ley de Renta y a la ley del IVA se incluye un impuesto verde? Sí, específicamente en el proyecto de Ley del IVA se incorpora la creación del primer impuesto ambiental del país, el cual grava a los recipientes plásticos para envasar no retornables, con ¢10 por recipientes de 250 ml o su equivalente, con lo cual un envase de 250 ml pagaría ¢10 y uno de 1 litro ¢40.   ]]>