Derecho de Respuesta a Telenoticias: Levantamiento del Veto Reforma Procesal Laboral

 MC-MH-023-2015 Sábado 8 de Agosto 2015.

Señor Ignacio Santos Pasamontes Director Noticiero Telenoticias

 

SOLICITUD DERECHO DE RESPUESTA

El Ministerio de Comunicación del Gobierno de la República de Costa Rica solicita derecho de respuesta a la nota emitida por este noticiero televisivo entre las 19:20 y las 19:23 horas del día 31 de julio de 2015, durante su edición vespertina, referido a la resolución de la Sala Constitucional sobre el Levantamiento del Veto de la Reforma Procesal Laboral, por las siguientes razones:

En la edición vespertina de Telenoticias del pasado viernes 07 de agosto, el director de ese noticiero, Ignacio Santos Pasamontes y su equipo, llevaron a error a los televidentes y usuarios de la página web de ese canal, ya que afirmaron de manera errónea, que los magistrados de la Sala Constitucional anularon el levantamiento del veto a la Reforma Procesal Laboral hecho por el señor Presidente de la República, Luis Guillermo Solís Rivera, en diciembre del año anterior, indicando que el Tribunal Constitucional concluyó que el mandatario no tenía potestad para tomar esa decisión. Telenoticias se equivocó al hacer esa interpretación del fallo. Con una simple lectura del Por Tanto de la sentencia 2015-012251 de las 11:31 horas del 7 de agosto de 2015, dado por la Sala Constitucional, se confirma el error en el que incurrió este noticiero, y que afecta a sus televidentes. En el texto mencionado se lee: “…por mayoría, se declara con lugar la acción contra el Acuerdo No. DP-0316-2013 del 20 de mayo de 2013 (realizada por el Gobierno anterior), a través del cual se levantó el veto por razones de inconstitucionalidad al Decreto Legislativo Nº 9076. (…) Más adelante la Sala IV afirma: Por mayoría, se declara sin lugar la acción contra el Acuerdo Ejecutivo Nº 21-MP-MTSS-MJ del 12 de diciembre de 2014 (realizado por este Gobierno), mediante el cual se levantó el veto por razones de oportunidad o conveniencia al Decreto Legislativo Nº 9076…”. Es decir, la Sala Constitucional le da la razón al Gobierno de Luis Guillermo Solís. Es absolutamente válido el levantamiento del veto realizado por el Presidente Solís Rivera y, además, estima que el Gobierno de la República actuó dentro del marco de sus competencias constitucionales. La razón por la que se declaró inconstitucional la sanción de la Reforma Procesal Laboral se debe a un vicio en el levantamiento parcial del veto realizado en el 2013 por el Gobierno anterior. Cabe aclarar, además, que el proyecto de ley de Reforma Procesal Laboral se encuentra vivo y regresa a la Asamblea Legislativa para continuar el trámite correspondiente, el cual impulsará este Gobierno con las señoras y señores diputados. El contenido de la noticia, así como el posterior comentario del señor Ignacio Santos, donde califica como un “gran error” y “ridículo” lo actuado por esta Administración, que llevó a confusión a los televidentes en este tema, se hubiese evitado fácilmente si él, en su condición de periodista y abogado, o sus asesores, hubiesen acudido a la fuente primaria, es decir, el Por Tanto de la Resolución de la Sala Constitucional, Por Tanto que sí aporta el Gobierno de la República en este Derecho de Respuesta. Televisora de Costa Rica y el Director de Telenoticias, Ignacio Santos Pasamontes, le deben a las y los costarricenses, una rectificación clara y contundente, por el error e inexactitud cometido al comunicar esta importante noticia y al editorializarla con base en una información equivocada. Esta actuación ligera y los calificativos basados en una interpretación errónea del fallo judicial, afectan gravemente la imagen del Gobierno y la legitimidad de sus acciones frente al pueblo costarricense. La administración Solís Rivera mantiene un absoluto respeto y compromiso con la libertad de expresión, la independencia editorial de los medios de comunicación y la amplia tolerancia que el Gobierno debe mostrar frente a las críticas. Sin embargo, esta Administración también sostiene que es saludable para la democracia, y de interés para toda la ciudadanía, pedir una rectificación cuando un medio ha cometido un error en una información, aún más si ese error es la base para emitir una opinión editorial. Solicitamos que este derecho de respuesta sea leído literalmente en una edición vespertina del noticiero y, además, sea divulgado en todas las otras plataformas que haya utilizado Telenoticias en su difusión. Entre ellas, sin descartar la existencia de otras, la página web oficial de Televisora de Costa Rica (noticia publicada a las 12:52 horas y actualizada a las 20:22 horas del pasado viernes 07 de agosto de 2015, titulada “Sala Constitucional enterró la Reforma Procesal Laboral”), perfil oficial de Telenoticias en la red social Facebook (noticia publicada a las 23:30 horas del pasado viernes 07 de agosto de 2015.  

Atentamente,

Mauricio Herrera Ulloa Cédula identidad N° 1-0761-0923 MINISTRO DE COMUNICACIÓN

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