Respuesta a Acción de Inconstitucionalidad:
Ministro de la Presidencia reitera que su nombramiento está a derecho
• Se solicita a magistrados rechazar de plano la acción o declararla fuera de lugar.
Nombramiento del Ministro de la Presidencia no lesiona derechos de un ciudadano de apellido Orozco, quien interpuso la acción inconstitucionalidad, ni a ningún colectivo. Esta es parte del fundamento de la respuesta enviada a la Sala Constitucional.
En contestación al expediente 14-009379-00007-CO, el Ministro Melvin Jiménez argumenta que la acción en su contra carece de legitimidad pues “no lesiona ni amenaza ningún derecho fundamental del actor” quien “no acude tampoco en defensa de intereses colectivos o difusos”, por lo que no lesiona derechos de ningún grupo en particular.
La respuesta reitera que la prohibición para ejercer en cargos públicos es exclusiva del clero católico, de acuerdo a la correcta interpretación del constituyente a partir del análisis de las actas de 1949 y que, si la Sala rechaza esta argumentación, tendría que recordar que Melvin Jiménez fue dispensado de la Iglesia Luterana de todas sus órdenes ministeriales.
Al quedar demostrado que el nombramiento del Ministro de la Presidencia no lesiona derechos fundamentales a la igualdad y a la libertad religiosa se le solicitó a los magistrados rechazar de plano la acción por carecer de toda fundamentación y porque el señor Orozco no estaba legitimado para interponerla o, si no la rechaza, que la declare fuera de lugar pues Melvin Jiménez no pertenece al estado seglar.
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