Comisión de Educación dictamina en forma unánime proyecto de reforma a la ley del CONESUP

  • · MEP impulsa sistema de reglas claras, deberes y derechos
  • · Diputados avalan cambios para elevar la calidad del servicio educativo y mejorar los procesos administrativos a cargo del Estado
  • El proyecto de reforma a la ley de creación del Consejo Superior de Educación Privada (CONESUP), ley 6693, fue dictaminado de forma unánime por la Comisión Permanente Especial de Ciencia, Tecnología y Educación de la Asamblea Legislativa. El texto pasará al Plenario Legislativo, donde se decidirá finalmente sobre su aprobación.

    El Gobierno de la República presentó el proyecto de reforma a la corriente legislativa con el objetivo de elevar la calidad del servicio educativo y mejorar la relación entre los estudiantes, universidades y el Estado, a partir de reglas claras, nuevos canales de información y trámites más expeditos.

    Las reformas propuestas por el Ministerio de Educación Pública (MEP) se proponen llenar los vacíos legales y limitaciones administrativas que afectan tanto a las personas usuarias como a las universidades privadas reguladas por el CONESUP.

    Sonia Marta Mora Escalante, ministra de Educación Pública, manifestó su complacencia con la decisión tomada por los legisladores y las legisladoras, y resaltó la importancia del dictamen unánime. El CONESUP, recordó la jerarca, es la entidad estatal responsable de inspeccionar y fiscalizar la educación superior universitaria privada.

    “La educación es un derecho fundamental, por lo tanto, las estudiantes y los estudiantes, así como las casas de enseñanza superior privada comprometidas con la calidad del servicio, merecen que el Estado responda. Todas las partes tienen derechos y deberes. Queremos, entonces, reglas claras y acordes a un ejercicio tan dinámico como lo es la educación», señaló Mora Escalante.

    La ley que regula la operación de las universidades privadas en Costa Rica se promulgó en 1981, mientras que el primer reglamento se publicó dos años después, en 1983. Los primeros cambios a la ley se aprobaron en 2002, y los cambios al reglamento se dieron en 2001 y 2005.

    La ministra de Educación Pública destacó la participación, el interés y el esfuerzo de los diputados y las diputadas, así como de las organizaciones, universidades y colegios profesionales que participan en el proceso de análisis del proyecto de ley.

    Los cambios propuestos:

    La reforma permitiría una mejor supervisión por parte del Estado sobre la labor educativa que ejercen las universidades privadas en el país:

    • · La propuesta le da al CONESUP las herramientas necesarias para exigir estándares de calidad a los centros de educación superior y a las carreras de Educación, Salud e Ingeniería Civil. Estas fueron elegidas por su naturaleza y el impacto que sus profesionales tienen sobre el desarrollo del país.
    • · El Consejo solicitaría a las universidades actualizar y revisar sus planes de estudio cada cinco años.
    • · Otras herramientas de supervisión. Por ejemplo, el Consejo podrá exigir a las universidades estar al día con la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS).
    • · El proyecto establece plazos de resolución para agilizar el trabajo que atiende el Consejo.
    • · La iniciativa introduce un apartado de derechos y deberes a las personas estudiantes, entre los que destacan el derecho a cursar carreras que cuenten con las condiciones académicas y de infraestructura necesarias; a recibir notificación sobre cambios reglamentarios y tarifas; a que no se cambie -en el transcurso de su carrera- el plan de estudios iniciado. Además, plantea el derecho de los estudiantes a denunciar ante el CONESUP los incumplimientos por parte de las universidades privadas.

    Un total de 53 universidades privadas tienen autorización del CONESUP para operar en el país. Además, 1741carreras de grado y posgrado están autorizadas, aunque el Consejo Nacional de Rectores (Conare) estima que actualmente sólo se imparten cerca de 1200.

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