Gobierno reitera ilegalidad del servicio UBER, pero no lo sería su Centro de Servicio al Cliente

Servicio de transporte público de Uber en el país es ilegal, pero no lo sería un centro de servicio al cliente  

El Presidente de la República, Luis Guillermo Solís, afirmó hoy que el centro internacional de atención al cliente que esa empresa desea abrir en el país es una operación legal y podría funcionar, siempre y cuando no ofrezca servicios de transporte público dirigidos a Costa Rica.

“No existe normativa que permita la operación de Uber en el país, por lo que es un servicio que se presta de manera ilegal”, dijo el Presidente, durante una conferencia de prensa hoy en la Casa Presidencial. Sin embargo, enfatizó que el Centro de Excelencia para atender sus operaciones del resto de América Latina sería una actividad legítima, si no incluye servicios de transporte público en Costa Rica.

Con respecto al centro, bajo condiciones de legalidad, es un centro que se puede abrir de acuerdo a lo que establecen las disposiciones de la ley actual.

El Gobernante enfatizó que el país ha promovido y seguirá promoviendo inversiones extranjeras siempre y cuando se apeguen a la legislación nacional vigente. Las autoridades competentes investigarán las operaciones de Uber para asegurar que sus operaciones no apoyen actividades al margen de la ley.

Solís hizo un llamado a prestadores de servicios legales de transporte público que, a pesar de la condición de ilegalidad de Uber,  el Gobierno no tolerará ningún bloqueo de vías ni manifestaciones de violencia contra trabajadores o usuarios de esa empresa.

 
   
  • GOBIERNO REITERA ILEGALIDAD DE UBER PERO NO TOLERARÁ BLOQUEOS NI VIOLENCIA CONTRA ESA EMPRESA NI SUS TRABAJADORES

La organización de transporte privado Uber anunció esta mañana la apertura en Costa Rica de un centro de atención al cliente, que dará servicios para América Latina.

El Gobierno estimula las innovaciones tecnológicas que beneficien a las y los consumidores, favorece todas las inversiones que se hagan en Costa Rica y garantiza su funcionamiento, siempre y cuando cumplan con la legislación nacional. Sin embargo, los servicios de transporte que Uber ofrece en el país están al margen de la ley.

Por esa razón, cualquier actividad conexa que facilite la operación de Uber, aunque técnicamente pueda ser legal, será exhaustivamente investigada, para impedir que se apoye el funcionamiento de un negocio que es ilegal a la luz de las leyes vigentes en el país.

La Policía de Tránsito tiene instrucciones para efectuar el parte correspondiente cuando detecte vehículos ofreciendo servicios de transporte público de manera ilegal.

El Gobierno mantiene abierto el diálogo con Uber y con representantes de taxistas y otras organizaciones de transportistas acerca de este tema, no obstante reitera que es en la Asamblea Legislativa en donde de manera definitiva debe resolverse la naturaleza de las operaciones de Uber en Costa Rica.

Las actividades de Uber han motivado reacciones de sectores que se sienten afectados. El Gobierno hace un llamado a la calma y advierte que no se tolerarán bloqueos ni acciones intimidatorias contra empresas o sus empleados.


CRITERIO JURÍDICO DEL CTP CONFIRMA OPERACIÓN ILEGAL DE TRANSPORTE “PRIVADO DE PERSONAS MEDIANTE UBER”

 
  •   UBER O CUALQUIER OTRO QUE PRETENDA TRANSPORTAR PERSONAS DEBE SUJETARSE AL ORDENAMIENTO JURÍDICO COSTARRICENSE
  •   COSTA RICA SE RESERVÓ EN EL CAFTA TODO LO VINCULADO CON EL TRANSPORTE DE PERSONAS EN SUS DIFRENTES MODALIDADES

El transporte privado remunerado de personas que se brinda por medio de la empresa UBER, que opera en el país desde hace un par de semanas lo hace de manera ilegal. Así lo reafirma la Dirección Jurídica del Consejo de Transporte Público en la ampliación del criterio legal DAJ-2015002929 del 10 de setiembre del 2015, mismo que fue acogido mediante acuerdo del CTP.

“…el servicio de transporte que ofrece Uber, a través de una aplicación app, mediante el móvil, es un servicio de transporte remunerado de personas ilegal dado que no cuenta con las autorizaciones correspondientes”, indica claramente el dictamen conocido el día de ayer por los directivos del CTP.

Mario Zárate, Director Ejecutivo del CTP, indicó que este criterio jurídico viene a reconfirmar lo que la administración ha venido sosteniendo desde un inicio en el sentido de que el titular único del servicio de transporte público remunerado de personas es el Estado Costarricense; en consecuencia, no es posible brindar servicio público de transporte remunerado de personas si no se cuenta con autorización del CTP.

El informe reafirma lo estipulado en el artículo 2 de la Ley 7969 (del Servicio Público de Transporte Remunerado de Personas en Vehículos en la Ley Reguladora modalidad de Taxi) “ para todos los efectos legales y de prestaciones, el transporte de personas en la modalidad de taxi se considera un servicio público que se explota mediante la figura de la concesión administrativa con los procedimientos especiales establecidos en dicha ley y su reglamento, o del permiso en el caso de servicios especiales estables de taxi, de conformidad con lo establecido en el inciso a) del artículo 7 de esa ley”, cuyo titular es el Estado.

El dictamen es claro al indicar que “… tanto UBER como cualquier otra empresa nacional o extranjera, requiere de la aprobación del Consejo de Transporte Público, para poner en marcha el servicio de transporte remunerado de personas que pretenden brindar mediante una aplicación app móvil, siendo que de conformidad con la Ley No. 7969, el CTP es un órgano con desconcentración máxima especializado en materia de transporte público”, sostiene el informe.

En relación a la posibilidad de que UBER pueda operar amparado al Tratado de Libre Comercio entre República Dominicana, Centroamérica y Estados Unidos, como se ha indicado, el criterio jurídico es claro al indicar que Costa Rica se reservó todo lo vinculado al transporte de personas en sus diferentes modalidades.

Dudas-sobre-Uber

]]>