- Propuesta del Gobierno presentada esta mañana a la Asamblea Legislativa plantea suspender mecanismo de actualización del impuesto único a los combustibles por 12 meses.
- Es una respuesta preventiva a la situación de precios internacionales de hidrocarburos a causa del conflicto bélico por ataque de Rusia a Ucrania.
De acuerdo con el compromiso asumido con los costarricenses el viernes 25, el Poder Ejecutivo presentó este lunes, a las 10:30 a. m., un proyecto de ley (expediente N. ° 22.922) para congelar la aplicación del mecanismo de actualización del impuesto específico a los combustibles. Se trata de una medida preventiva pero responsable con el equilibrio adecuado en las finanzas públicas, firmada por el Presidente de la República, Carlos Alvarado Quesada, y el ministro de Hacienda, Elian Villegas.
Según la propuesta, el Gobierno congelaría el impuesto específico a los combustibles en su valor actual por un año, y renunciaría a cuatro ajustes trimestrales. Esto significará un impacto en la recaudación de ingresos del Gobierno; no obstante, las autoridades plantean esta medida extraordinaria de manera responsable para evitar una afectación mayor a la ciudadanía y a las actividades productivas sin poner en riesgo los objetivos fiscales del país.
La presentación de este proyecto de ley se da en el marco del conflicto bélico por los ataques de Rusia a Ucrania, que han generado un incremento importante en el precio internacional del petróleo, el cual afecta los precios al consumidor y particularmente a las actividades productivas.
La propuesta contiene un artículo único que detalla lo siguiente:
“ARTICULO ÚNICO. – Suspensión del mecanismo de indexación del impuesto único a los combustibles. A partir de la entrada en vigencia de esta Ley y hasta por un plazo de 12 meses contado a partir del primer día del mes siguiente a su publicación en el Diario oficial La Gaceta, se suspende la aplicación del mecanismo de actualización del impuesto específico a los combustibles, previsto en el artículo 3 de la Ley de simplificación y eficiencia tributarias, Ley 8114 del 4 de julio del 2001, publicado en La Gaceta N° 131 Alcance N° 53 del 09 de julio del 2001 y sus reformas.
En caso de que, durante el período de aplicación de esta ley, se produzca una reducción del índice de inflación respecto del vigente al momento de entrada en vigencia de esta ley, el impuesto se deberá ajustar a la baja.”
Este proyecto tiene como fin que el impuesto vigente se mantenga constante independientemente de las variaciones internas en el precio de estos productos, impidiendo con ello que los costos de producción se modifiquen por variaciones en el monto del impuesto.
“El costo fiscal de esta medida es en el mínimo de ¢10.000 millones y, si la inflación llegara a crecer de forma importante debido a este tipo de situaciones, entonces podríamos hablar de que el costo rondaría los ¢60.000 millones”, detalló el ministro Villegas.
Por su parte, Geannina Dinarte, ministra de la Presidencia, dijo: “Nos parece que es importante establecer un acuerdo para poder dar una vía rápida alrededor de este proyecto. Creemos que es un proyecto que está no solo planteado bien técnicamente, sino que puede ser un alivio en las circunstancias que estamos enfrentando como país y también tomando previsiones de los impactos que esta situación a nivel mundial pueden llegar a generar sobre nuestro país y sobre los precios del combustible”.
Una vez que finalice el periodo de aplicación de la suspensión, el monto se actualizará sobre la base del valor del impuesto vigente en el momento de su entrada en vigencia y sobre la base de las variaciones en el Índice de Precios al Consumidor, que se experimente a partir del momento del vencimiento del plazo de la ley.