· 5 propuestas de ley surgen del trabajo técnico que elaboró iniciativas para lograr sanciones efectivas contra el lavado de dinero y narcotráfico, financiamiento al terrorismo y corrupción.
· Proyectos de ley fueron convocados a las sesiones extraordinarias de la Asamblea Legislativa, más una reforma al Código Electoral para la entrega anticipada de la deuda política.
· Las Presidencias de los Supremos Poderes solicitaron a la Asamblea Legislativa realizar un análisis detallado de las iniciativas para su aprobación.
Como resultado del trabajo interinstitucional de las presidencias de los Supremos Poderes de la República y en el marco del Día Internacional contra la Corrupción, se presentaron un total de 5 iniciativas de ley para el combate del crimen organizado en todas sus manifestaciones.
Los Supremos Poderes establecieron el pasado 27 de mayo los ejes estratégicos, iniciativas y acciones articuladas para lograr sanciones efectivas contra el lavado de dinero y narcotráfico, financiamiento al terrorismo, corrupción y el cumplimiento de estándares internacionales.
En un acto de presentación de las iniciativas de ley y de rendición de cuentas de acciones ejecutadas por los Supremos Poderes realizado en Casa Presidencial, asistieron el presidente de la República, Carlos Alvarado, el presidente de la Corte Suprema de Justicia, Fernando Cruz y la presidenta del Tribunal Supremo de Elecciones, Eugenia Zamora; la presidenta de la Sala Tercera, Patricia Solano; las ministras de la Presidencia, Geannina Dinarte y de Justicia, Fiorella Salazar y el ministro de Seguridad a.i, Carlos Torres.
Una de las acciones del trabajo técnico de los Poderes de la República fue evaluar los marcos legales existentes para proponer mejoras, a efectos de que las acciones preventivas y punitivas en la materia sean eficaces y contundentes, lo cual dio como respuesta 5 proyectos de ley en las materias de combate al crimen organizado, legitimación de capitales y corrupción, entre otros.
El Presidente de la República, Carlos Alvarado, enfatizó que este trabajo entre los Supremo Poderes evidencia la firme voluntad, compartida, de enfrentar con todo rigor y urgencia la corrupción y el crimen organizado en todas sus manifestaciones. “Estamos decididos a combatir con toda firmeza la corrupción y los riesgos que representa para la institucionalidad democrática y para el desarrollo del país. Es particularmente relevante esta muestra de unión de todos los poderes de la República en el impulso de estas medidas contra la corrupción y el crimen organizado”, expresó el mandatario.
La ministra de la Presidencia, Geannina Dinarte, explicó los objetivos de las propuestas de ley “entre las prioridades que se han identificado, se buscan desarrollar y mejorar las herramientas para el combate a la legitimación de capitales, así para evitar que se financien actividades ilícitas o donde se de ocultación de capitales o que se encubre la procedencia de los mismos.”, destacó la jerarca durante el acto de presentación.
Durante el acto se expuso el detalle de las siguientes iniciativas:
· REFORMA A LA LEY SOBRE ESTUPEFACIENTES, SUSTANCIAS PSICOTRÓPICAS, DROGAS DE USO NO AUTORIZADO, ACTIVIDADES CONEXAS, LEGITIMACIÓN DE CAPITALES Y FINANCIAMIENTO AL TERRORISMO.
Según la exposición de motivos del proyecto, la legitimación de capitales es uno de los principales frentes que la institucionalidad costarricense debe abordar y aplacar, para asegurarse una mejor detección de las ganancias ilícitas que genera la delincuencia organizada, así como la recuperación de esos activos.
Uno de los objetivos de la iniciativa es robustecer la plataforma tecnológica de la Superintendencia de Entidades Financieras (SUGEF), la cual contiene información de la política “Conozca a su Cliente”, lo que se busca concentrar esa información que permita determinar la representación, el domicilio, la capacidad legal, la ocupación o el objeto social de la persona, la fuente u origen de los fondos que justifican las transacciones a realizarse, para que coadyuve a las entidades financieras realizar, el perfilamiento de riesgo del cliente en materia de prevención de las amenazas.
Los principales beneficios que se vislumbran con la implementación de esta plataforma son:
1. Conformar un expediente único del conocimiento del cliente en el sistema financiero, lo que reducirá las asimetrías de información y permitirá un mejor conocimiento de cada cliente.
2. Coadyuvar en la inclusión financiera, la automatización de procesos, simplificación de trámites y reducción de costos, ya que el cliente no tendrá que suministrar la misma información en cada entidad financiera.
3. Reducir los costos para el sistema financiero en la actualización de la información de cada cliente.
4. Estandarizar la documentación con base en la cual se demuestra el origen de los fondos de los clientes.
Adicionalmente, el proyecto de ley incorpora como sujetos obligados a quienes proveen servicios o plataformas relacionados con activos virtuales, quienes deberán inscribirse ante la Superintendencia General de Entidades Financieras (SUGEF), y estarán sometidas a su supervisión, respecto de la materia de prevención de la legitimación de capitales, el financiamiento al terrorismo y el financiamiento de la proliferación de armas de destrucción masiva.
Se suma además que las entidades financieras y los sujetos obligados por la ley deben aplicar una diligencia debida reforzada cuando se trate de clientes o beneficiarios finales que sean considerados personas expuestas políticamente, sean estos nacionales o extranjeros.
· REFORMA A LA LEY SOBRE REGISTRO, SECUESTRO Y EXAMEN DE DOCUMENTOS PRIVADOS E INTERVENCIÓN DE LAS COMUNICACIONES.
En la actualidad, cuando un funcionario público es sometido a un proceso disciplinario no es posible utilizar la información obtenida a través de una intervención telefónica legalmente ordenada por un juez. Con la reforma propuesta se pretende, proveer de elementos de prueba a la administración pública, para que, en procedimientos disciplinarios, se puedan utilizar estas comunicaciones y se procese a los funcionarios públicos que comentan irregularidades en el desempeño de la función pública, que se puedan catalogar como infracciones disciplinarias por actos de corrupción, fraude o violación al deber de probidad.
· REFORMA A LA LEY CONTRA LA DELINCUENCIA ORGANIZADA.
El proyecto de ley expone la necesidad que “los procedimientos que se tramitan como crimen organizado, cuentan con gran cantidad de prueba técnica especializada, la cual requiere mayor espacio de tiempo para ser incorporada y reproducida durante el juicio, en consecuencia, hace necesario mayor cantidad de audiencias para celebrar el juicio, así como un mayor tiempo de análisis en su estudio durante la deliberación y la redacción de la sentencia integral”, según la exposición de motivos de la iniciativa, razón por lo que la propuesta incluye ampliación de los plazos de deliberación y sentencia para los casos de crimen organizado.
· REFORMA AL CÓDIGO PROCESAL PENAL, LEY N° 7594 DE 10 DE JUNIO DE 1996.
Fortalece las herramientas de diligencias de investigación de las causas que permitan el aseguramiento del material probatorio y la eficiencia en las investigaciones.
Esta propuesta de reforma al Código Procesal Penal introduce las siguientes ampliación de conceptos:
Sobre los derechos de protección de la persona víctima o testigo dentro del proceso penal: con el propósito de hacer efectivo el principio de justicia pronta y cumplida y de evitar la revictimización de estas personas se propone la siguiente reforma, para agregar un artículo (71 bis) al Código Procesal Penal que otorgue prioridad dentro del proceso penal en aquellas causas en las que existe una o varias personas protegidas, a efectos de que las diligencias, pericias y las audiencias sean llevadas a cabo en un plazo razonable dándole prioridad a esos asuntos.
Anticipo jurisdiccional de prueba: el momento de la recepción de la prueba es trascendental para asegurar las resultas del proceso penal.
A ello se le agrega que, en el marco de investigaciones relacionadas con crimen organizado, trata y tráfico de personas, corrupción y narcotráfico, generalmente el principal interés de realizar un anticipo jurisdiccional de prueba, es asegurar la declaración de quien en la práctica se conoce como “testigo de la corona”. Lo anterior, requiere un aseguramiento a partir de la normativa procesal penal, que permita la fácil obtención de dicho testimonio, y ello se traduzca en una oportuna y eficiente colaboración para los fines del proceso.
La reforma procesal aplicaría en aquellas investigaciones donde, con objetividad se ha realizado un análisis profuso, y se ha determinado que la declaración del testigo puede verse comprometida si no se asegura realizándose anticipadamente, y que por distintos motivos (peligro para su vida, debe abandonar el país, entre otros) no podría ser normalmente incorporada a juicio.
La recepción de prueba debe ser practicada ante la solicitud del Ministerio Público.
Con la propuesta se pretende un fortalecimiento en la actividad ejercida por parte del Ministerio Público en la gestión de procesos, asegurando la recepción de prueba y la calidad en el resultado de las investigaciones que son llevadas a cabo.
Allanamiento y registro de morada.
Actualmente, la legislación no contempla un plazo para que el juzgador se pronuncie sobre la solicitud de allanamiento, la ausencia de este control ha generado la prolongación en el tiempo de gestiones con consecuencias adversas para la investigación, tales como la pérdida o destrucción de prueba, fuga de información, fuga de personas investigadas, etc, circunstancia que va en detrimento de la garantía de acceso a la justicia, y del principio de justicia pronta y cumplida.
Para administrar el riesgo que representa la prolongación en la toma de la decisión por parte del juzgador, se considera necesario establecer plazos razonables para la resolución de la solicitud de allanamiento, tomando en consideración los tipos de procesos, sean, asuntos complejos, de delincuencia organizada.
· REFORMA A LA LEY 8754 LEY CONTRA LA DELINCUENCIA ORGANIZADA PARA FORTALECER LA FUNCIÓN DE LA JURISDICCIÓN CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA.
Se fortalece el instituto de recuperación de activos que se tramita en la Jurisdicción Contenciosa Administrativo, a través el reforzamiento de las medidas anticipadas para asegurar los bienes y activos producto de las conductas relacionadas con delitos de narcotráfico.
El éxito de estos procesos es la rapidez con la que se puedan asegurar los bienes, razón por la que esta reforma viene a sumar agilidad a ese proceso de recuperación.
Prioridad en sesiones extraordinarias. Por otra parte, el Presidente de la República y la ministra de la Presidencia emitieron el Decreto 43341-MP que convoca a las sesiones extraordinarias a la Asamblea Legislativa las nuevas iniciativas presentadas este jueves y se suma el proyecto de ley “Reforma y Adición de varios artículos del Código Electoral, Ley N° 8765, de 19 de agosto de 2009, para el Fortalecimiento del Financiamiento Estatal de los Partidos Políticos”, expediente N.° 22.529, ante la solicitud del Tribunal Supremo de Elecciones (TSE).
Reforma al Código Electoral. Permitiría a los partidos políticos acceder, de forma anticipada, al 50% de la contribución estatal a las campañas electorales.
La magistrada presidenta del TSE, Eugenia María Zamora, explicó que esta reforma procura asegurar “un porcentaje más generoso de financiamiento adelantado del cual se puede tomar una porción para que el Órgano Electoral compre pauta publicitaria a los medios de comunicación y la reparta equitativamente entre las fuerzas políticas, lo cual contribuye a visibilizar a todos los competidores y atenúa las angustias a las que se ven enfrentados los partidos durante el período de campaña: conseguir fondos para propaganda en razón del modelo del reembolso del gasto que rige en nuestro país, según el diseño constitucional. Eso atenúa la dependencia de aportes privados.”
Otro punto importante de la iniciativa es que “a partir de incentivos fiscales, se apuesta por muchas donaciones de montos modestos, en lugar de pocas donaciones de grandes cantidades de dinero.”, destacó la magistrada presidenta, Eugenia María Zamora.
Presidencia de los Supremos Poderes sobre el trabajo interinstitucional para combatir el crimen organizado, la corrupción y la legitimación de capitales:
- Presidente de la Asamblea Legislativa, diputada Silvia Hernández.
“Llevamos muchos años ya con la incesante idea de que a nuestro país lo ahoga la corrupción. Escándalo tras escándalo, año tras año, este mal parece que nos ancla e impide que despeguemos con todo nuestro potencial, para alcanzar el desarrollo pleno al que aspiramos como nación. Celebro el trabajo arduo que nos permita presentar propuestas para avanzar con una agenda de proyectos de ley y de otras acciones, en la construcción de una nación honrada, transparente y que alcanza los altos valores que le dan sentido.
Combatir la corrupción y, más importante aún, formar a nuestros ciudadanos y funcionarios para una actuación cívica honesta, es la mejor forma de prevenir que este mal se configure y siga siendo esa soga que nos ahoga en la vergüenza y daña los cimientos de nuestra sociedad.”
- Presidente del Poder Judicial, magistrado Fernando Cruz.
“El Estado Constitucional y Social de Derecho se fortalece con valores constitucionales, como la transparencia, la participación ciudadana, el respeto de las minorías, la probidad, la honestidad y el combate contra la corrupción en sus múltiples dimensiones. La corrupción representa uno de los mayores obstáculos para el desarrollo de una nación es un fenómeno expansivo que no se ha detenido con la crisis sanitaria que hemos vivido. El Poder Judicial tiene un compromiso ineludible en la lucha contra la corrupción en sus múltiples dimensiones y como delito trasnacional en algunos casos.
En el marco del manifiesto que suscribimos en mayo de 2021 para el combate del crimen organizado en todas sus manifestaciones, se ha determinado que es necesario fortalecer las herramientas procesales que permitan dar, desde la administración de justicia, una respuesta más eficiente a los hechos delictivos calificados como corrupción. Fortalecer nuestra institucionalidad es una obligación constitucional con buenas prácticas tendientes a regular la prevención, identificación y indebida gestión de cualquier acto de corrupción.”