- Esto garantizará al Benemérito Cuerpo de Bomberos la continuidad de sus operaciones al cubrir la demanda adicional de recursos para enfrentar la crisis por la emergencia del COVID-19.
- Acción servirá para ampliar partidas de combustibles, equipos de protección personal, alimentos y bebidas para la atención de emergencias, planilla, mantenimientos de unidades y equipos.
Con el fin de garantizar la continuidad de operaciones del Benemérito Cuerpo de Bomberos, el Gobierno de la República firmó la autorización para flexibilizar la aplicación a esa entidad de la regla fiscal para el 2021, tal como la Ley 9635 lo permite.
Esto tras una solicitud del Cuerpo de Bomberos a la Comisión Nacional de Prevención de Riesgos y Atención de Emergencias (CNE), la cual recomendó al Poder Ejecutivo la aplicación de la cláusula de escape establecida en el inciso a) del artículo 16 del Título IV de la Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas No. 9635.
La Comisión indicó que bajo el Decreto Ejecutivo No. 41641-H se debía aplicar la flexibilización a la institución con el fin de garantizar la continuidad de operaciones para cubrir la demanda de recursos adicionales para enfrentar la crisis por la emergencia del COVID-19.
“La crisis originada por el COVID-19 ha impactado la salud de las personas, la sociedad y la economía. Por eso y en aras de atender a las personas más vulnerables el Gobierno, como establece la ley, flexibiliza la regla fiscal a instituciones como Bomberos que se encuentran en primera línea de atención” indicó el presidente Carlos Alvarado agregando que su compromiso con la ciudadanía implica acciones para aliviar la emergencia, en el marco de la responsabilidad fiscal.
Esta flexibilización, por segundo año consecutivo al Cuerpo de Bomberos, será para el ejercicio presupuestario del año 2021 y servirá para ampliar las partidas de combustible, equipos de protección personal, alimentos y bebidas para la atención de emergencias, planilla, mantenimientos de unidades y equipos.