- Reforma permitirá la circulación de vehículos de personas delegadas o autoridades internas partidarias, para el traslado hacia o desde una asamblea provincial o superior de un partido político.
- Excepción atiende a la resolución del Tribunal Supremo de Elecciones y rige a partir de hoy. Deberán portar carta del TSE.
San José. A partir de hoy, viernes 17 de septiembre, entra a regir la reforma al Artículo N°5 -Excepciones a la medida de restricción vehicular diurna- del Decreto Ejecutivo número 42295-MOPT-S, que agrega una nueva excepción a la restricción vehicular sanitaria.
Se trata de exceptuar a “los vehículos de las personas que sean delegadas o autoridades internas partidarias, para el traslado hacia o desde una asamblea provincial o superior de un partido político, en los términos establecidos por el Tribunal Supremo de Elecciones”. Para ello deberán portar una carta emitida por el TSE.
La reforma fue firmada por la primera Vicepresidenta en Ejercicio de la Presidencia de la República, Epsy Campbell Barr, el ministro de Salud, Daniel Salas Peraza y el ministro de Obras Públicas y Transportes, Rodolfo Méndez Mata.
El ministro de Comunicación, Agustín Castro señaló que la medida se da “en atención a una resolución del Tribunal, y a su importancia para el desarrollo de las etapas finales de los procesos democráticos internos de los partidos para inscribirse de cara a las próximas elecciones”.
Castro recordó a la población la importancia de mantener las medidas sanitarias ampliamente divulgadas, atender los llamados a la vacunación y a no bajar la guardia ante el aumento de casos en el sistema hospitalario nacional.