Más de 55 mil contribuyentes se han registrado en plataforma virtual ATV

  • Tributación amplía horarios de atención en administraciones tributarias y duplica la cantidad de funcionarios para atención de consultas telefónicas y por correo electrónico.
  • En la web institucional se tiene a disposición tutoriales y guías rápidas para orientación del usuario.
  •  

    A 10 días de haber iniciado operaciones, el nuevo sitio Administración Tributaria Virtual (ATV), cuenta con 55.785 registros y 42.314 declaraciones de impuestos, cantidades que han superado las expectativas del Ministerio de Hacienda para esta primera semana.

    “Estamos muy satisfechos con la respuesta de los contribuyentes, quienes desde el 04 de octubre empezaron el proceso de registro, confección y presentación de declaraciones por este nuevo sitio. A la fecha, la herramienta informática no ha presentado inconvenientes, sin embargo, como todo nuevo proceso, nos hemos encontrado con atrasos en el registro, generados sobre todo, por datos desactualizados de los mismos contribuyentes, los cuales no son reconocidos por el sistema”, expuso Fernando Rodríguez, viceministro de Ingresos.

    El funcionario hizo un llamado a los usuarios para que antes de ingresar al sitio revisen la fecha de vencimiento de su cédula, utilicen la última cédula entregada por el Registro Civil, actualicen su actividad económica, representante legal autorizado, domicilio, en fin, todos los datos requeridos por el sistema para registrarse, lo que les evitará atrasos en el proceso.

    Al referirse a la importancia de mantener los datos al día, el director general de Tributación, Carlos Vargas, expresó que corresponde a todo obligado tributario mantener actualizados sus datos, y que la Administración Tributaria no asume la responsabilidad por los inconvenientes que se le puedan presentar en el registro, confección y presentación de declaraciones, en caso de que la información no esté actualizada.

    Esta actualización se puede realizar en el sitio de TRIBUNET (www.hacienda.go.cr , apartado “Servicios más utilizados”, en página principal) o en las administraciones tributarias.

    ATV es de uso obligatorio a partir de octubre para los contribuyentes de los impuestos general sobre las ventas, renta, retenciones en la fuente, Timbre de Educación y Cultura y el Régimen de Tributación Simplificada, quienes deben registrarse, elaborar y presentar las declaraciones, en línea. Sustituye al sitio Tributación Direct@ y elimina el uso del sistema EDDI7 para la confección de las declaraciones de estos impuestos.

    Además, permite que los contribuyentes autoricen a terceros para presentar declaraciones en su nombre, pagar mediante el servicio de conectividad que poseen las entidades financieras y revisar declaraciones de períodos anteriores, incorpora sistemas de validación y control para una mayor seguridad de los usuarios. También, el sistema genera en línea una Tarjeta Inteligente Virtual (TIV), compuesta por números y letras, necesaria para ingresar, y cuenta con un buzón electrónico donde el contribuyente podrá dar seguimiento de las personas que autoriza, acuses de recibo y demás gestiones que realice.

    ATV puede ser accesado desde cualquier equipo con internet, no se requiere la instalación de ningún programa o software ni la actualización de versiones, y funciona en los navegadores Internet Explorer, Mozilla Firefox, Safari y Google Chrome.

    Para facilitar el cumplimiento de las obligaciones tributarias, Hacienda cuenta con quioscos de servicio con personal capacitado en todas las administraciones tributarias del país, disponibles para quienes no posean equipo de cómputo o internet. Además, desde hoy mates y hasta el 18 de octubre todas las administraciones laborarán con horario ampliado (se adjunta detalle).

    Otros servicios a disposición del público son la atención de consultas vía telefónica (2539-4000 ext 1) y por medio del correo infoyasistencia@hacienda.go.cr, servicios que serán reforzados desde hoy con un incremento del 100% del personal. También, los tutoriales y guías fáciles están disponibles en la web de Hacienda, apartado Servicios Tributarios, sección Ayuda Audiovisual.

    El sistema EDDI-7 se mantendrá vigente para la confección de los formularios recibo oficial de pago (D.110), autoliquidación de sanciones por infracciones administrativas (D.116), liquidación y pago del traspaso directo de bienes inmuebles (D.120) y declaración del impuesto a la trasferencia de vehículos automotores, aeronaves y embarcaciones (D.121)

    Comunicado de prensa CP 88/ martes 13 de octubre de 2015

    ]]>