Día Internacional del Agua, Presentación de Reglamento de Servicios de Acueductos. Planta Potabilizadora de Agua,Tres Ríos, Cartago, AyA. 22 marzo 2021. Foto: Roberto Carlos Sánchez @rosanchezphoto

AyA reduce tiempos de respuesta en disponibilidades de agua y resolución de trámites

  • Actualización de normativa beneficia a sector productivo e inmobiliario, así como a los usuarios individuales.
  • Presidente Carlos Alvarado destacó la importancia de disponer de un nuevo reglamento que apuesta por la eficiencia en momentos en que el agua se convierte en un bien fundamental para cumplir protocolos de higiene por la pandemia.
  • Modificaciones para la prestación de los servicios de agua potable y saneamiento entraron en vigencia este 15 de marzo.
  • Participaron actores de sectores público y privado con amplia consulta pública para la ciudadanía.

El Instituto de Acueductos y Alcantarillados (AyA) dio a conocer este lunes, en el marco del Día Mundial del Agua, su nuevo Reglamento para la Prestación de Servicios, un instrumento en cuya construcción trabajaron el sector público y privado para actualizar las normas que rigen para el prestador y usuarios con una visión integral de las necesidades en los distintos segmentos de población.

La presentación se realizó en la planta potabilizadora de Tres Ríos por parte del presidente ejecutivo de AyA, Tomás Martínez, en presencia del Presidente de la República, Carlos Alvarado Quesada; la Primera Dama, Claudia Dobles Camargo; el ministro de Coordinación del Sector Privado, André Garnier; el alcalde de La Unión, Cristian Torres, miembros de la Junta Directiva de AyA, representantes del Sector Privado y ASADAS.

El Presidente de la República, Carlos Alvarado, destacó la importancia de disponer de un nuevo reglamento en estos momentos tan trascendentales para el país, donde el agua es un bien fundamental para el combate de la pandemia. “Para la población es vital disponer de agua potable en estos momentos, así puede cumplir con los protocolos de higiene para protegerse del COVID-19”, refirió el mandatario.

La Primera Dama, Claudia Dobles, resaltó “que con este reglamento se busca la eficiencia y mejor relación de la institución con las personas usuarias. Esto va a beneficiar ciertamente al sector productivo, al sector inmobiliario, para que también genere más inversión, más empleo, pero también a los beneficiarios individuales del AyA, ya que con esto se mejoran los tiempos de respuesta”.

Agregó que “mejoramos también en las respuestas de disponibilidad de agua y los tiempos para ellas; un AyA más transparente, trazable, digitalizado, con plataformas muchísimo más accesibles para una mejora en la calidad en general”.

“AyA debe garantizar el acceso al agua basado en principios de ciencia y técnica. Este reglamento refuerza nuestra obligación de dar servicios bajo parámetros de calidad, cantidad, confiabilidad, sostenibilidad y eficiencia, entre otros, y para poder asegurar eso debemos acudir a la ciencia y técnica”, destacó el presidente ejecutivo de AyA, Tomás Martínez.

Es Importante destacar como principales beneficios del nuevo Reglamento de Prestación de Servicios:

  • Condiciones para emitir la constancia de capacidad hídrica y/o de recolección.
  • Reducción de plazos en emisión de constancias de disponibilidad (de 12 meses al  tiempo  correspondiente al desarrollo de un plan maestro o diseño de sitio)
  • Inclusión de la opción de gestión digital y virtual de trámites  por parte del usuario, así como la posibilidad de utilizar la plataforma APC-Requisitos de CFIA. Se incorpora un transitorio para una plataforma propia virtual y viabilizar la inclusión de otros trámites preparatorios en la plataforma APC del CFIA
  • Declaración jurada del solicitante en sustitución del permiso de construcción.
  • Acceso digital de AYA a plataformas virtuales en sustitución de solicitud de  documentación física.
  • Coordinación y programación de inspecciones con incorporación de plazos de cumplimiento
  • Se integra  un capítulo completo de inspecciones inmobiliarias articulando los diferentes momentos e incorporando plazos de cumplimiento.
  • Se vincula  y se actualiza la relación de los procesos propios de AYA con propiedades en régimen de condominio.

Esfuerzo conjunto.

Durante el proceso de elaboración de la normativa participaron el Ministerio de Vivienda y Asentamientos Humanos, Banco Hipotecario de Vivienda, Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo, Colegio Federado de Ingenieros y Arquitectos, Cámara Costarricense de la Construcción y el Consejo de Desarrollo Inmobiliario.

Además, estuvo en consulta pública en la página del Ministerio de Economía, Industria y Comercio, del 9 al 22 de octubre 2020.

El reglamento sufrió una reforma integral que quedó aprobada por la Junta Directiva el 8 de diciembre del 2020, y fue publicado en la Gaceta Digital No. 27 del 9 de febrero del 2021 y su vigencia a partir del 15 de marzo del 2021. El documento consta de 14 capítulos; el capítulo VI, por ejemplo, reúne todo lo relacionado con desarrollos inmobiliarios, estableciendo articulación de procesos y tiempos de respuesta para que los trámites puedan ser más ágiles. 

El Presidente Ejecutivo del AYA destacó que por medio de módulos en formato de aula virtual, la institución dio inicio a la capacitación interna sobre los cambios en el reglamento, a la vez, que ya están programando la correspondiente a las entidades externas a efectos de difundir y comprender de la mejor forma los alcances y contenidos de la normativa.

En síntesis, el reglamento se actualiza en el contexto de las nuevas tecnologías y demandas de desarrollo, facilita los trámites a los usuarios, reduce los tiempos de gestión e incorpora la declaración jurada. Uno de los puntos más importantes es que identifica la revisión de planos, inspección, recepción de obra y toda la secuencia de un proyecto de manera articulada y con plazos de atención.

El Reglamento de 110 páginas en total, incluye todos los formularios de trámites que se requieren en la institución, de manera que se pueden consultar en la página oficial del AyA:  www.aya.go.cr.