Con la finalidad de brindar una respuesta inmediata a trabajadores amparados por la Póliza de Riesgos del Trabajo con sospecha de contagio por el Coronavirus, COVID 19, el Instituto Nacional de Seguros (INS) y la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS) establecieron un protocolo de atención médico-administrativo.
El documento establece:
1. Todo paciente con síntomas de COVID-19, deberá ser atendido en los centros de salud de la CCSS, aún en los casos en que se sospeche que la enfermedad se presenta como riesgo laboral; esto con el fin de evitar que el paciente recurra a otros centros médicos públicos o privados y se genere mayor riesgo de contagio.
2. En caso de que el patrono emita el aviso de accidente y enfermedad laboral porque hay sospechas de que el trabajador contrajo el virus COVID-19 en el trabajo, deben cumplirse los protocolos de atención establecidos por el Ministerio de Salud (MINSA), como ente rector del sector salud.
3. La incapacidad que la persona pueda requerir debido a su enfermedad o síntomas NO será emitida por la Caja (debido a que se considera un Riesgo del Trabajo), pero sí se hará constar en el expediente de salud, la necesidad de esta y el periodo requerido.
Sobre la protección al personal de salud de la CCSS:
Se garantiza la cobertura del riesgo al amparo del Seguro de Riesgos de Trabajo (SRT), para las personas funcionarias de la CCSS, que con ocasión o por consecuencia de su trabajo se contagien del virus COVID-19 y en los cuales se demuestre el nexo causal, de acuerdo con los artículos 195 y el 197 del Código de Trabajo.
Respecto al pago de los servicios:
Cuando el INS haya aceptado el caso como un riesgo de trabajo, habiéndose demostrado nexo causal entre el contagio del COVID-19 y la labor que ejecutaba o bien el nexo epidemiológico en el sitio de trabajo, todos los costos que se deriven de la atención y que hayan sido otorgados por la CCSS, le serán reintegrados, de conformidad con lo establecido en el Código de Trabajo y el Reglamento de Riesgos Excluidos de la Caja Costarricense de Seguro Social.
Para el doctor Mario Ruiz Cubillo, gerente médico de la CCSS, este acuerdo alcanzado con el INS demuestra que las instituciones están trabajando en equipo para alcanzar la mejor respuesta y protección para la población costarricense.
“Con este protocolo se garantiza salvaguardar los derechos del trabajador ante la presencia de un riesgo laboral y evitar así riesgos mayores por contagio del COVID-19”, dijo Ruiz.
La semana anterior el Instituto Nacional de Seguros (INS), confirmó que ante la sospecha razonable de que un trabajador fuera contagiado por el Coronavirus COVID-19, por causa o a consecuencia de su trabajo este sería atendido al amparo de la Póliza de Riesgos del Trabajo.
Es el patrono el responsable de presentar el aviso de accidente y justificar por qué es un riesgo del trabajo, esta notificación se podrá realizar desde el sistema RT Virtual y en casos excepcionales, se podrá remitir la boleta a los Centros de Salud de la Red de Servicios de Salud del INS, para la valoración respectiva.
“Nos ponemos al servicio de las y los trabajadores costarricenses, estableciendo tres pasos simples para activar este protocolo, lo más importante ahora es que los patronos que sospechen que en su empresa hay una caso de Coronavirus COVID-19, verifiquen que el contagio haya ocurrido por causa o a consecuencia del trabajo, envíen el aviso de accidente por RT Virtual y el paciente asista para recibir atención a un Centro Médico de la CCSS”, aseguró el Presidente Ejecutivo del INS, Elian Villegas.
Actualmente al amparo de esta póliza, el INS mantiene asegurados a 1.421.522 colaboradores en todo el territorio nacional.