Consenso logró reforma al artículo 10 de la Ley de Regulación de Bebidas Alcohólicas

  • Apoyo de Cámaras del sector, legisladores de la Asamblea Legislativa, Asociación Nacional de Alcaldías e Intendencias (ANAI), Unión Nacional de Gobierno Locales (UNGL) y Gobierno.
  • Legislación ahora resulta más justa sobre todo para micro, pequeñas y medianas empresas del país
  • El cobro por patentes se basa conforme al potencial económico y ubicación del negocio.
  • El consenso de las Cámaras del sector, legisladores de la Asamblea Legislativa, representantes de la Asociación Nacional de Alcaldías e Intendencias (ANAI), Unión Nacional de Gobiernos Locales (UNGL) y el Gobierno logró la reforma  del artículo 10 de la Ley de Regulación y Comercialización de Bebidas con Contenido Alcohólico, N.° 9047, de 25 de junio del 2012. Con esta reforma con el cual se logra que dicha ley resulte más justa, racional y proporcional a la realidad económica de cada negocio, sobre todo para las micro, pequeñas y medianas empresas del país. Esta mañana el Presidente de la República Luis Guillermo Solís Rivera realizó la firma de la reforma en una actividad con representantes de los sectores El pago de los derechos por las patentes, ahora estará basado según su correspondiente clase de licencia y conforme al potencial de explotación de mercado del negocio. Esto se logra mediante la inclusión de una fórmula de cálculo que contempla una serie de parámetros objetivos como la ubicación, tamaño, infraestructura, número de empleados, ventas anuales, entre otros, que ayudarían a determinar tal potencial. La reforma al artículo 10 de la Ley, surge por impulso de la Cámara de Patentados de Licores, la Cámara Nacional de Comerciantes Detallistas y la Cámara de Patentados Heredianos, ante una serie de cuestionamientos que hacían ver que los cobros de las patentes no eran razonables, ni proporcionadas, ya que no se aplicaron los estudios necesarios para ponderar el canon que debían pagar los patentados. Esto los llevo a presentar una acción de inconstitucionalidad, ante la cual la Sala Constitucional consideró que las sumas definidas en el artículo 10 eran desproporcionadas e irrazonables, y señaló que lesionaban principios básicos “como la capacidad económica del contribuyente, justicia tributaria, igualdad, entre otros…”, según la sentencia. Tras una serie de propuestas surgió una nueva iniciativa más equitativa y que respondía a los parámetros objetivos de proporcionalidad, razonabilidad y al consenso de diferentes organizaciones. Esta fue acogida y presentada a la Asamblea Legislativa por el Presidente de la Comisión de Municipales, el diputado William Alvarado, y que contó con el apoyo de diversas cámaras empresariales, como la Cámara de Patentados de Costa Rica (Canapacori), la Cámara Nacional de Turismo (Canatur), Cámara Costarricense de Restaurantes (Cacore), Cámara de Patentados Heredianos, (CPH), Cámara Costarricense de Hoteles (CCH) y la Cámara Nacional de Comerciantes Detallistas y Afines (Canacodea), comandados por esta última, además de la Asociación Nacional de Alcaldes e Intendentes (ANAI) y la Unión Nacional de Gobiernos Locales (UNGL), entre otros.]]>